Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062264)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU: Desarrollo de Proyectos TIC-CDTIC" en el ejercicio 2024.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024

34062

Para el desarrollo de los trabajos objeto de esta transferencia, se adscribirá unicamente
con personal propio de Feval Gestión de Servicios, SLU.
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente, donde se indique el % de
dedicación de cada persona trabajadora al proyecto. (Tabla 3: GASTOS DE PERSONAL DE
CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad
y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto (Tabla 4: DIETAS Y
DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
En cuanto a los indicadores relativos al número de asistencias presenciales, virtuales, visitas web y empresas impactadas deberá aportarse una relación de las empresas y sus NIF
(Tabla 5: INDICADORES COMUNICACIÓN, INDICADORES FEDER).
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un
papel directo y clave en el proyecto.
En el caso de contratar personal nuevo para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad
de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral
vigente.
Asimismo, deberán aportase los contratos laborales de todos los trabajadores que dedique
su jornada al Proyecto cofinanciado con Fondos Europeos.
Cuando se realicen indemnizaciones por finalización del servicio contratado, por renuncia
o despido del empleado, éstas no tienen naturaleza de gastos de personal, dado que estos
gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no son
gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
B) M
 emoria técnica:
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas
junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación
pormenorizada de las actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con
cada uno junto con el dosier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.