Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062263)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación en riego por goteo de 14,8473 has de olivar superintensivo a través de concesión de aguas superficiales y 35,8332 ha de olivar intensivo a través de concesión de aguas subterráneas en la finca Canta el Gallo, a ubicar en el término municipal de Don Benito, promovido por Luis Llanos Frontela. Expte.: IA22/0341.
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NÚMERO 129

34276

Jueves 4 de julio de 2024

Relación de consultas

Respuestas recibidas

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de
Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.

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Ecologistas en Acción

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Adenex

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AMUS

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SEO-Bird/Life

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Asociación Ecologistas Extremadura

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Fundación Naturaleza y Hombre

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GREENPEACE

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El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa que, parte de la superficie de riego
se ubicaría en zona de policía del río Guadámez y de un arroyo tributario del mismo, los
cuales constituyen el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas
(TRLA).
 De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, los terrenos (márgenes) que
lindan con los cauces, están sujetos en toda su extensión longitudinal a:


• Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes
fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia,
conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de necesidad.



• Una zona de policía de 100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen. De acuerdo con el artículo 9 del mismo Reglamento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye también