Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062239)
Resolución de 23 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la instalación destinada a la gestión de residuos vinícola de SC Viñaoliva, ubicada en el término municipal de Almendralejo. Expte.: AAU23/085.
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NÚMERO 129

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Jueves 4 de julio de 2024

en las calderas generadoras de vapor en las entradas de aire de los trómeles de secado correspondientes y se evacuarán todas las emisiones generadas en los trómeles por un único
foco de emisión, previo tratamiento de estas emisiones en un sistema de lavado de gases,
que deberá disponer de una capacidad suficiente para dar respuesta a los requerimientos
normativos en cada momento.
5. Los

valores límites de emisión para estos focos de emisión, concentrados a la salida del
único foco de emisión contemplado en el punto anterior, son los siguientes:
CONTAMINANTE

VLE

Partículas

150 mg/Nm3

Monóxido de carbono, CO

500 ppm

Dióxido de azufre, SO2

4.300 mg/Nm3

Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados
como dióxido de nitrógeno, NO2)

Caudal de referencia

119.499 m3/h

300 ppm

6. Los valores límites de emisión de los focos descritos anteriormente están referidos a los
caudales volumétricos de gases residuales indicados en la tabla anterior. De forma que a
efectos de evaluar el cumplimiento de los VLE, los valores de emisión medidos (VEmed) se
transformarán a valores de emisión referenciados (VEref) al caudal de referencia indicado
(Qvref) mediante la siguiente ecuación en la que se tiene en cuenta el caudal volumétrico
de gases residuales medido (Qvmed):

Esta transformación sólo se realizará si Qvmed es mayor que el Qvref, en caso contrario,
se mantendrá el VEmed a efectos de evaluar el cumplimiento de los VLE.
Los valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones
establecidas en el capítulo – vigilancia y seguimiento-. Además, están expresados en
unidades de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual
liberado expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y273 K), previa corrección del efecto de dilución de contaminantes
antes citada.
7. Las

emisiones del foco 5 se corresponden con los gases incondensables procedentes de
los condensadores de los rectificadores, destiladores y evaporadores empleados en la obtención de las disoluciones de etanol en agua. Estos gases incondensables se canalizarán
hacia una única chimenea.