Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024040088)
Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos.
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NÚMERO 129
Jueves 4 de julio de 2024

33827

Cuando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47
y en los apartados 1 y 2 del artículo 50, del Reglamento 2021/1060, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de
proporcionalidad, y cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la
operación de que se trate.
k) Facilitar en plazo y forma al órgano gestor, toda la información que le solicite en aplicación de la normativa europea y/o comunitaria sobre información y publicidad, así como
en cumplimiento del Plan de comunicación correspondiente.
l) Aceptar su inclusión en la lista pública prevista en el artículo 49.5 del Reglamento (UE)
2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, al estar la
acción subvencionada cofinanciada con el Programa Extremadura FSE + 2021-2027.
Artículo 10. Incumplimiento de las condiciones y de las obligaciones. Pérdida del
derecho y reintegro.
1. Darán lugar a la revocación y, en su caso, reintegro de las cantidades percibidas y a la
exigencia del interés de demora las causas establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Además,
serán causa de revocación o reintegro:
a) El incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en el presente decreto
o en la resolución de concesión.
b) Cuando los contratos formalizados y subvencionados con la Línea II no reúnan los requisitos del artículo 43 de este decreto.
c) Si durante el periodo de mantenimiento del contrato objeto de subvención de la Línea
II la empresa es sancionada por la comisión de infracciones previstas en el artículo 46
del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, sobre Infracciones y Sanciones en
el Orden Social.
2. En el caso de incumplimientos parciales, el órgano gestor tendrá en cuenta el principio
de proporcionalidad, para modular la obligación de devolución de la subvención percibida,
siempre que se acredite una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de los
compromisos adquiridos.
En el caso de entidades promotoras beneficiarias se entiende actuación inequívocamente
tendente para aplicar la modulación la realización de más del 50 % de los objetivos apro-