Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Montes. (2024062262)
Resolución de 21 de junio de 2024, del Consejero, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres del monte con n.º 158 "Ladera Peñalba", sito en el término municipal de Pasarón de la Vera, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel Catálogo.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 128
Miércoles 3 de julio de 2024
33787
Para ello, DISPONGO: que desde la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de
esta Consejería se inscriba el monte “Ladera Peñalba” en el Catálogo de Montes de Utilidad
Pública de la provincia de Cáceres, con los siguientes datos definitivos:
— Provincia: Cáceres
— Partido Judicial: Plasencia
— Término municipal: Pasarón de la Vera
— Denominación: “Ladera Peñalba”
— Número con el que debe ser incluido en el Catálogo: 158
— Pertenencia: Municipio de Arroyomolinos de la Vera.
— Superficie total: 29,2766 ha
— Superficie pública: 29,1937 ha
— Enclavados: 0,0829 ha
— Límites:
• Norte: con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y Monte de Utilidad Pública
n.º 152 “El Baldío”.
• Sur: con fincas particulares.
• Este: con fincas particulares.
• Oeste: con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y Monte de Utilidad Pública
n.º 152 “El Baldío”.
— Especies Forestales presentes: roble melojo (Quercus pyrenaica) en la totalidad del
monte. El estrato arbustivo está formado por escoba (Cystisus scoparius), lavanda (Lavandula stoechas) y helecho (Pteridium auilinum).
— Servidumbres y cargas registradas: las habituales de paso, de caminos y pistas forestales que cruzan el monte para la comunicación de fincas y/o accesos.
Segundo. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Ministerio competente en
materia forestal, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21
de noviembre, de Montes.
Miércoles 3 de julio de 2024
33787
Para ello, DISPONGO: que desde la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de
esta Consejería se inscriba el monte “Ladera Peñalba” en el Catálogo de Montes de Utilidad
Pública de la provincia de Cáceres, con los siguientes datos definitivos:
— Provincia: Cáceres
— Partido Judicial: Plasencia
— Término municipal: Pasarón de la Vera
— Denominación: “Ladera Peñalba”
— Número con el que debe ser incluido en el Catálogo: 158
— Pertenencia: Municipio de Arroyomolinos de la Vera.
— Superficie total: 29,2766 ha
— Superficie pública: 29,1937 ha
— Enclavados: 0,0829 ha
— Límites:
• Norte: con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y Monte de Utilidad Pública
n.º 152 “El Baldío”.
• Sur: con fincas particulares.
• Este: con fincas particulares.
• Oeste: con término municipal de Arroyomolinos de la Vera y Monte de Utilidad Pública
n.º 152 “El Baldío”.
— Especies Forestales presentes: roble melojo (Quercus pyrenaica) en la totalidad del
monte. El estrato arbustivo está formado por escoba (Cystisus scoparius), lavanda (Lavandula stoechas) y helecho (Pteridium auilinum).
— Servidumbres y cargas registradas: las habituales de paso, de caminos y pistas forestales que cruzan el monte para la comunicación de fincas y/o accesos.
Segundo. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Ministerio competente en
materia forestal, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21
de noviembre, de Montes.