Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024040084)
Decreto 52/2024, de 11 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, y la primera convocatoria.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 128
Miércoles 3 de julio de 2024
33648
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el
que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura. En virtud de lo anterior, acepta ser incluido en la lista pública
prevista en el artículo 49, apartado 3, de dicho Reglamento.
f) La entidad solicitante que resulte beneficiaria de ayudas cofinanciadas por el FSE+, además, deberá
mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado, en relación con todas
las transacciones realizadas con la subvención, sin perjuicio de respetar las normas de contabilidad
nacional, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y
control.
g) Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, la persona beneficiaria habrá de cumplir las
obligaciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DENEGACIÓN DE CONSULTA DE OFICIO DE DOCUMENTACIÓN A LA
SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y
FAMILIA (rellenar sólo cuando la persona o entidad que solicita quiera denegar la consulta)
ME OPONGO para que se consulte de oficio los datos de identidad de la persona solicitante,
o en su caso, de la que actúa como representante legal de la persona o entidad solicitante.
ME OPONGO a que se consulte de oficio los datos relativos al poder de representación
(únicamente en el caso de que el poder de representante legal se haya elevado a público ante
notario a partir de 5 de junio de 2014).
ME OPONGO a que se compruebe que se ha llevado a efecto la contratación del joven o la
joven que está cumpliendo o que haya cumplido medidas judiciales de conformidad con la
Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor.
ME OPONGO a que se consulte de oficio los justificantes de abono de las cotizaciones a la
Seguridad Social.
ME OPONGO a que se consulte de oficio el alta en la Seguridad Social de la persona
contratada.
Fdo.:
AUTORIZACIÓN DE CONSULTA DE OFICIO DE DOCUMENTACIÓN A LA
SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y
FAMILIA.
AUTORIZO para que se compruebe que la entidad solicitante se encuentra al corriente de
sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles 3 de julio de 2024
33648
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el
que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura. En virtud de lo anterior, acepta ser incluido en la lista pública
prevista en el artículo 49, apartado 3, de dicho Reglamento.
f) La entidad solicitante que resulte beneficiaria de ayudas cofinanciadas por el FSE+, además, deberá
mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado, en relación con todas
las transacciones realizadas con la subvención, sin perjuicio de respetar las normas de contabilidad
nacional, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y
control.
g) Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, la persona beneficiaria habrá de cumplir las
obligaciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DENEGACIÓN DE CONSULTA DE OFICIO DE DOCUMENTACIÓN A LA
SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y
FAMILIA (rellenar sólo cuando la persona o entidad que solicita quiera denegar la consulta)
ME OPONGO para que se consulte de oficio los datos de identidad de la persona solicitante,
o en su caso, de la que actúa como representante legal de la persona o entidad solicitante.
ME OPONGO a que se consulte de oficio los datos relativos al poder de representación
(únicamente en el caso de que el poder de representante legal se haya elevado a público ante
notario a partir de 5 de junio de 2014).
ME OPONGO a que se compruebe que se ha llevado a efecto la contratación del joven o la
joven que está cumpliendo o que haya cumplido medidas judiciales de conformidad con la
Ley 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor.
ME OPONGO a que se consulte de oficio los justificantes de abono de las cotizaciones a la
Seguridad Social.
ME OPONGO a que se consulte de oficio el alta en la Seguridad Social de la persona
contratada.
Fdo.:
AUTORIZACIÓN DE CONSULTA DE OFICIO DE DOCUMENTACIÓN A LA
SECRETARÍA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INCLUSIÓN, INFANCIA Y
FAMILIA.
AUTORIZO para que se compruebe que la entidad solicitante se encuentra al corriente de
sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.