Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024040084)
Decreto 52/2024, de 11 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, y la primera convocatoria.
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NÚMERO 128

33628

Miércoles 3 de julio de 2024

Fuente de
Financiación

Aplicación
Presupuestaria

Proyecto

Cuantía 2024

FS

G/252A/46000 (Ayuntamientos)

20230157

90.000,00 €

FS

G/252A/47000 (Empresas)

20230157

91.852,00 €

FS

G/252A/48000 (Asociaciones)

20230157

38.148,00 €

Total Ejercicio 2024

220.000,00€

2. L
 a presente convocatoria está financiada con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+)
2021-2027, Objetivo Político 4: Una Europa más social mediante la aplicación del pilar
europeo de derechos sociales, dentro de la Prioridad 2 ” Inclusión social y lucha contra la
pobreza”, Objetivo Específico 2H “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la
igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos”, cofinanciado con un porcentaje
del 85%.
3. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las
modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio
de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y
en el Portal de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/AII/es/index),
con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
4. 
En el supuesto de aumentarse la cuantía consignada en función de las disponibilidades presupuestarias, requerirá la modificación previa del expediente de gasto, previo
informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) de un anuncio del órgano
competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan cómo quedarían los
créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
5. A
 l estar financiadas estas ayudas con fondos europeos, los gastos subvencionables habrán de ajustarse a lo dispuesto en los artículos 63 y siguientes del Reglamento (UE)
n.º 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, en consonancia con la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos