Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062247)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 al Convenio entre la extinta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Mérida, "Capital de Extremadura", por el que se instrumenta la concesión directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 127
33358
Martes 2 de julio de 2024
Por todo ello, ambas partes, previa autorización para la suscripción de la presente Adenda
n.º1, modificativa del convenio, por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
en su sesión de 28 de mayo de 2024., en aplicación de lo dispuesto en el artículo 43.4 de
la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, acuerdan suscribir la misma, rigiéndose por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y finalidad.
El objeto de la presente Adenda es la primera modificación del convenio de fecha 18 de julio
de 2022, suscrito entre la extinta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta
de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Mérida, por el que se instrumenta la concesión
directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Segunda. Modificación.
1. S
e modifica el apartado 2.3. de la cláusula séptima. Procedimiento de concesión de la ayuda y plazos de ejecución del convenio, que quedará redactado como sigue:
“El plazo para la ejecución de la actuación subvencionable será el día 30 de junio de 2026,
sin perjuicio de la eventual prórroga que, en su caso, se concediera con carácter excepcional al amparo del artículo 4.7. del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se
regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
2. S
e modifica el cuadro de desglose de anualidades del apartado 1 de la cláusula novena.
Cuantía de la ayuda y financiación, que quedará redactado como sigue:
2023
2024
2025
TOTAL
0,00 €
341.098,41 €
341.098,40 €
682.196,81 €
0,00%
50,00%
50,00%
100,00%
3. S
e modifica el apartado 1.n) de la Cláusula décima. Obligaciones del Ayuntamiento de Mérida, que quedará redactado como sigue:
“n) Solicitar el abono del segundo pago anticipado antes del 31 de octubre de 2025. La
omisión de dicha solicitud no se considera en ningún caso incumplimiento del Convenio o
causa de pérdida de la ayuda.
33358
Martes 2 de julio de 2024
Por todo ello, ambas partes, previa autorización para la suscripción de la presente Adenda
n.º1, modificativa del convenio, por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
en su sesión de 28 de mayo de 2024., en aplicación de lo dispuesto en el artículo 43.4 de
la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2024, acuerdan suscribir la misma, rigiéndose por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y finalidad.
El objeto de la presente Adenda es la primera modificación del convenio de fecha 18 de julio
de 2022, suscrito entre la extinta Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta
de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Mérida, por el que se instrumenta la concesión
directa de la ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio en Extremadura, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Segunda. Modificación.
1. S
e modifica el apartado 2.3. de la cláusula séptima. Procedimiento de concesión de la ayuda y plazos de ejecución del convenio, que quedará redactado como sigue:
“El plazo para la ejecución de la actuación subvencionable será el día 30 de junio de 2026,
sin perjuicio de la eventual prórroga que, en su caso, se concediera con carácter excepcional al amparo del artículo 4.7. del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se
regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
2. S
e modifica el cuadro de desglose de anualidades del apartado 1 de la cláusula novena.
Cuantía de la ayuda y financiación, que quedará redactado como sigue:
2023
2024
2025
TOTAL
0,00 €
341.098,41 €
341.098,40 €
682.196,81 €
0,00%
50,00%
50,00%
100,00%
3. S
e modifica el apartado 1.n) de la Cláusula décima. Obligaciones del Ayuntamiento de Mérida, que quedará redactado como sigue:
“n) Solicitar el abono del segundo pago anticipado antes del 31 de octubre de 2025. La
omisión de dicha solicitud no se considera en ningún caso incumplimiento del Convenio o
causa de pérdida de la ayuda.