Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062199)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2024 a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación ASPEX".
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NÚMERO 127
Martes 2 de julio de 2024

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b) Justificar documentalmente ante la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización del objeto
del presente convenio y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión
de la subvención, pudiendo realizarse mediante certificación de la persona que ejerza
las funciones de Intervención de la Universidad de Extremadura, o en su defecto, de la
titular del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, respecto de los gastos y pagos realizados, y del cumplimento de la finalidad para
que fue concedida, acompañándolo, de las listas de comprobación e informes de control
efectuados sobre los gastos que se certifican, en base a lo establecido en el artículo 35.
9 de la Ley de Subvenciones de Extremadura.
c) Identificar, a efectos de difusión pública, la actividad subvencionada, conforme con lo
establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones (DOE núm. 42, de 10 de abril), y en el Decreto 7/2002, de
29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura (DOE núm. 15, de 15
de febrero), indicando que está financiada por la Junta de Extremadura, a través de la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social en los términos especificados en la
letra A) de la cláusula segunda.
d) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, así como cualesquiera otras de comprobación y control
financiero que puedan realizar los órganos de controles competentes, autonómicos, nacionales o comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio
de las actuaciones anteriores.
e) C
 omunicar a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, la obtención de
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien el programa subvencionado. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso,
con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
f) Autorizar expresamente al órgano gestor a recabar de oficio, con carácter previo al
pago, que la Universidad de Extremadura se halla al corriente con sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social,
salvo que se oponga expresamente, debiendo en dicho caso presentar las certificaciones
correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la
fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.