Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062222)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 6, parcela 220, "Vegas", a ubicar en el término municipal de La Garrovilla (Badajoz), cuyo promotor es el Ayuntamiento de La Garrovilla, provincia de Badajoz". Expte.: IA24/0162.
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NÚMERO 126
Lunes 1 de julio de 2024

33167

Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
10. Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
11. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa urbanística correspondiendo al Ayuntamiento de La Garrovilla las competencias en estas
materias.
12. Las afecciones sobre vías de comunicación, dominio público hidráulico o zona de policía
de aguas, vías pecuarias, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres
existentes contará con los permisos de ocupación pertinentes previos a las obras y
posterior funcionamiento de la actividad, garantizándose su adecuado funcionamiento durante toda la duración de las mismas. Durante la ejecución de los trabajos, y al
finalizar estos, aquellas servidumbres que hayan sido afectadas se restituirán íntegramente tal como estaban en principio o mejoradas, si así se acordara con la propiedad.
13. Respecto al consumo de agua, tal y como se indica en la documentación aportada por
el promotor, el suministro de agua “Se realiza desde uno de los pozos existentes en el
recinto, se trata de agua no potable. Sirve, exclusivamente, a los aseos de la actividad”, por lo que se deberá solicitar una concesión de aguas para uso industrial, tal y
como indica el informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana y su otorgamiento
estará supeditado a la existencia del recurso.
Como medida general, también deberán adoptarse medidas para garantizar la seguridad y evitar la ocurrencia de accidentes en cualquier captación de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales, etc.), para lo cual, en lo que respecta a pozos y sondeos se
detallan las siguientes indicaciones:


— Todos los pozos y sondeos deben estar tapados y vallados, principalmente para proteger a las personas y los animales de caídas accidentales, así como para preservar
el agua del acuífero de la contaminación. Esta obligación es aplicable a los que están
en uso y los que están fuera de uso. En este último caso se debe llevar a cabo un
sellado definitivo.



— Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajena.