Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062213)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 21, parcela 91, "Dehesa Boyal", a ubicar en el término municipal de Alía (Cáceres), cuyo promotor es el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales, Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres (MASMEDIO)". Expte.: IA24/0052.
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NÚMERO 126
Lunes 1 de julio de 2024
32982
captación de aguas subterráneas, se deberá solicitar la pertinente concesión ante
este organismo, en el caso de que el abastecimiento de agua se realizara desde la red
municipal, la competencia para el suministro es del propio Ayuntamiento, siempre y
cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
• Respecto a los vertidos al DPH, dado que las aguas residuales se pretenden almacenar
para su posterior recogida por empresa gestora de residuos, al no producirse vertido
al DPH, no se consideraría necesario tramitar la correspondiente autorización administrativa de vertido a que se refiere el artículo 100 del TRLA.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la adecuación de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejora del tratamiento de los residuos domésticos en la localidad de Alía.
La superficie total ocupada por el punto limpio será de 573 m2.
Los elementos principales del proyecto son los siguientes:
• Instalaciones existentes.
– Vallado perimetral.
– Solera de hormigón.
– Cubierta metálica.
– Puertas de acceso usuarios y camiones.
– Servicio de saneamiento de agua.
– Sumidero que descarga en la fosa séptica de la piscina municipal.
Lunes 1 de julio de 2024
32982
captación de aguas subterráneas, se deberá solicitar la pertinente concesión ante
este organismo, en el caso de que el abastecimiento de agua se realizara desde la red
municipal, la competencia para el suministro es del propio Ayuntamiento, siempre y
cuando disponga de los derechos de uso suficientes.
• Respecto a los vertidos al DPH, dado que las aguas residuales se pretenden almacenar
para su posterior recogida por empresa gestora de residuos, al no producirse vertido
al DPH, no se consideraría necesario tramitar la correspondiente autorización administrativa de vertido a que se refiere el artículo 100 del TRLA.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la adecuación de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejora del tratamiento de los residuos domésticos en la localidad de Alía.
La superficie total ocupada por el punto limpio será de 573 m2.
Los elementos principales del proyecto son los siguientes:
• Instalaciones existentes.
– Vallado perimetral.
– Solera de hormigón.
– Cubierta metálica.
– Puertas de acceso usuarios y camiones.
– Servicio de saneamiento de agua.
– Sumidero que descarga en la fosa séptica de la piscina municipal.