Ayuntamiento De Los Santos De Maimona. Urbanismo. (2024081059)
Anuncio de 18 de junio de 2024 sobre consulta de viabilidad de la UE SU 2.3 y 2.4.
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NÚMERO 126
33244
Lunes 1 de julio de 2024
A la vista de lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la
LRBRL en relación con el artículo 113.3 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura,
HE RESUELTO:
Primero. Declarar la viabilidad de la unidad de actuación urbanizadora para el desarrollo del
sector UE/SU 2.3 del Plan General Municipal, solicitada por Focus Gestiones de Inmuebles,
SL, sometida al cumplimiento de las condiciones y a las correcciones definidas en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Segundo. Declarar la viabilidad de la unidad de actuación urbanizadora para el desarrollo del
sector UE/SU 2.4 del Plan General Municipal, solicitada por Focus Gestiones de Inmuebles,
SL, sometida al cumplimiento de las condiciones y a las correcciones definidas en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Tercero. Publicar, en virtud del artículo 95.3 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, la presente resolución en el
Diario oficial de Extremadura y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona, haciendo constar que, contra la presente, que pone fin a la vía administrativa, se
podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, directamente
demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente en el plazo de dos
meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 88, 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier
otro que se estime pertinente.
Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión
ordinaria que se celebre”.
Los Santos de Maimona, 18 de junio de 2024. El Alcalde-Presidente, MANUEL LAVADO
BARROSO.
33244
Lunes 1 de julio de 2024
A la vista de lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la
LRBRL en relación con el artículo 113.3 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura,
HE RESUELTO:
Primero. Declarar la viabilidad de la unidad de actuación urbanizadora para el desarrollo del
sector UE/SU 2.3 del Plan General Municipal, solicitada por Focus Gestiones de Inmuebles,
SL, sometida al cumplimiento de las condiciones y a las correcciones definidas en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Segundo. Declarar la viabilidad de la unidad de actuación urbanizadora para el desarrollo del
sector UE/SU 2.4 del Plan General Municipal, solicitada por Focus Gestiones de Inmuebles,
SL, sometida al cumplimiento de las condiciones y a las correcciones definidas en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.
Tercero. Publicar, en virtud del artículo 95.3 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, la presente resolución en el
Diario oficial de Extremadura y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Los Santos de
Maimona, haciendo constar que, contra la presente, que pone fin a la vía administrativa, se
podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó,
en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, directamente
demanda ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente en el plazo de dos
meses, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 88, 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier
otro que se estime pertinente.
Cuarto. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión
ordinaria que se celebre”.
Los Santos de Maimona, 18 de junio de 2024. El Alcalde-Presidente, MANUEL LAVADO
BARROSO.