Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062245)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y Copreca, Sociedad Cooperativa, sobre la calidad de las canales de ovino y su comercialización, a través de la selección de la raza merina y su estudio ponderado de los diferentes factores de producción animal de oveja de raza merina.
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024

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estando expresamente excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6.1. No obstante, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de dicho
texto legal, le son aplicables sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran
presentarse en la aplicación del referido convenio.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio serán resueltas
por la Mesa de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta. En caso contrario, será el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las citadas controversias de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Décima. Difusión, confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
Toda difusión y comunicación realizadas por las partes y referidas a las actuaciones que se
realicen a consecuencia de la aplicación de este convenio o dentro del marco de su vigencia,
ya sea con destino a terceros, a medios de comunicación o por cualquier otro medio de difusión pública, ya sea mediante publicaciones, inserciones en prensa, comunicaciones electrónicas dirigidas a una multiplicidad de personas o cualquier otro procedimiento que posibilite
la difusión de tales actividades, deberán hacer constar de manera explícita y destacada, la
colaboración de las instituciones que suscriben este convenio. A estos efectos deberá considerarse el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura (modificado por el Decreto 243/2011, de 1 de septiembre), el Manual de Identidad
Corporativa de la Junta de Extremadura y demás normativa que resulte de aplicación.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y COPRECA se comprometen
a preservar la confidencialidad de cualquier documento, información u otro material que se
produzca o a la que se tenga acceso como resultado de la ejecución de las actividades realizadas en el marco del presente convenio.
Asimismo, las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del
6 de diciembre de 2018), así como el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (DOUE de 4 de mayo).
Se adjunta como Anexo II al presente convenio el compromiso por las partes de cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información y protección de datos personales.