Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062201)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de una planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio promovida por el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 125
Viernes 28 de junio de 2024



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— El promotor deberá elaborar anualmente un Programa de Vigilancia Ambiental y
designar un Coordinador Medioambiental, que se encargue de la verificación del
cumplimiento del Informe de Impacto Ambiental y de las medidas contenidas en el
en documento ambiental del proyecto, así como de la realización del seguimiento
correspondiente a dicho Programa de Vigilancia Ambiental.



— El Coordinador Medioambiental, responsable del seguimiento ambiental de las obras
estará en contacto con los técnicos Dirección General de Sostenibilidad y con los
Agentes del Medio Natural, y presentará los correspondientes informes de seguimiento, además de informar de cualquier cambio sobre el proyecto original.



— El Programa de Vigilancia Ambiental, se remitirá anualmente a la Dirección General
de Sostenibilidad para su supervisión. Este programa incluirá, entre otras actuaciones, la realización de visitas estratégicas y la elaboración y remisión, a esta Dirección General de Sostenibilidad, de los correspondientes informes de seguimiento,
que debe incluir al menos la siguiente información:



• Estado de desarrollo de las obras con los correspondientes informes, tanto ordinarios como extraordinarios o de incidencia. Los informes ordinarios deben incluir
los informes inicial, periódicos y final. Los informes extraordinarios se elaboraran
para tratar cualquier incidencia con trascendencia ambiental que pudiera darse en
la obra.



• Datos de las visitas de inspección a las instalaciones (personal inspector, fecha,
estado general de la restauración, incidencias...).



• La verificación de la eficacia y correcto cumplimiento de las medidas que conforman el condicionado del presente informe.




• Cualquier otra incidencia que sea conveniente resaltar.

— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.

g. Otras disposiciones.


— Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad
y sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.



— Las afecciones sobre vías de comunicación, vías pecuarias, caminos públicos u otras
infraestructuras y servidumbres existentes contará con los permisos de ocupación