Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Montes. (2024062182)
Resolución de 18 de junio de 2024, del Consejero, por la que se ordena la inclusión de varias parcelas en el monte de utilidad pública n.º 45 "Porrino y otros" sito en el término municipal de Salvaleón, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública de las mismas y su inclusión en aquel catálogo.
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NÚMERO 124
Jueves 27 de junio de 2024
32483
Finalmente, la Intervención General y la Abogacía General de la Junta de Extremadura evacuaron sendos informes mostrando la conformidad de tales órganos con la declaración de la
utilidad pública del Monte.
Por otra parte, el artículo 16.3 LM exige que el acuerdo del máximo órgano de gobierno de la
comunidad autónoma para, en su caso, declarar la utilidad pública de un monte, se adopte
“a propuesta de su respectivo órgano forestal”, y en este caso, una vez completado el expediente, el titular de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca dictó un acto,
proponiendo a este Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural que sometiese a la consideración del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la decisión sobre la declaración
de utilidad pública e inclusión de varias parcelas en el monte “Porrino y otros” del Catálogo
de Montes de Utilidad Pública de los de Badajoz, lo que finalmente se formalizó, culminando
el proceso con el acuerdo favorable al respecto del máximo órgano de gobierno autonómico.
Por lo tanto, según resulta de la aplicación conjunta de lo expuesto en este apartado y en el
anterior, la declaración de la utilidad pública de las parcelas 412, 414, 415, 416, 420 y 422
del polígono 12 de Salvaleón tantas veces citadas y su posterior inclusión en el monte “Porrino
y otros” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, fue acordada por el órgano competente,
tras la instrucción del oportuno procedimiento, en el que se siguieron los trámites contemplados al efecto por la normativa aplicable: sometimiento a información pública y audiencia de
la entidad propietaria y de los titulares de otros derechos que pudieran resultar afectados, y
propuesta previa en ese sentido del órgano forestal autonómico.
Quinto. Según establece el artículo 16 LM, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se
deben inscribir todos los montes declarados como tal.
Por lo que se refiere a la competencia para la llevanza del Catálogo de Montes de Utilidad
Pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura le corresponde a la Dirección General competente en materia forestal, conforme a lo dispuesto por el artículo 231.4.a)
LAEx, que en la actualidad es la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 32.2 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el
que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma (modificado por Decreto 11/2024, de 20 de febrero), y 3 del Decreto 239/2023, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
(modificado por Decreto 16/2024, de 27 de febrero).
En consecuencia, en virtud de todo lo anterior, el titular de esa Dirección General, a través
de la unidad administrativa correspondiente, deberá realizar las actuaciones necesarias para
incluir en el monte “Porrino y otros” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia
de Badajoz las parcelas 412, 414, 415, 416, 420 y 422 del polígono 12 de Salvaleón, para
Jueves 27 de junio de 2024
32483
Finalmente, la Intervención General y la Abogacía General de la Junta de Extremadura evacuaron sendos informes mostrando la conformidad de tales órganos con la declaración de la
utilidad pública del Monte.
Por otra parte, el artículo 16.3 LM exige que el acuerdo del máximo órgano de gobierno de la
comunidad autónoma para, en su caso, declarar la utilidad pública de un monte, se adopte
“a propuesta de su respectivo órgano forestal”, y en este caso, una vez completado el expediente, el titular de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca dictó un acto,
proponiendo a este Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural que sometiese a la consideración del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la decisión sobre la declaración
de utilidad pública e inclusión de varias parcelas en el monte “Porrino y otros” del Catálogo
de Montes de Utilidad Pública de los de Badajoz, lo que finalmente se formalizó, culminando
el proceso con el acuerdo favorable al respecto del máximo órgano de gobierno autonómico.
Por lo tanto, según resulta de la aplicación conjunta de lo expuesto en este apartado y en el
anterior, la declaración de la utilidad pública de las parcelas 412, 414, 415, 416, 420 y 422
del polígono 12 de Salvaleón tantas veces citadas y su posterior inclusión en el monte “Porrino
y otros” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, fue acordada por el órgano competente,
tras la instrucción del oportuno procedimiento, en el que se siguieron los trámites contemplados al efecto por la normativa aplicable: sometimiento a información pública y audiencia de
la entidad propietaria y de los titulares de otros derechos que pudieran resultar afectados, y
propuesta previa en ese sentido del órgano forestal autonómico.
Quinto. Según establece el artículo 16 LM, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se
deben inscribir todos los montes declarados como tal.
Por lo que se refiere a la competencia para la llevanza del Catálogo de Montes de Utilidad
Pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura le corresponde a la Dirección General competente en materia forestal, conforme a lo dispuesto por el artículo 231.4.a)
LAEx, que en la actualidad es la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, de
acuerdo con lo establecido en los artículos 32.2 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el
que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma (modificado por Decreto 11/2024, de 20 de febrero), y 3 del Decreto 239/2023, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
(modificado por Decreto 16/2024, de 27 de febrero).
En consecuencia, en virtud de todo lo anterior, el titular de esa Dirección General, a través
de la unidad administrativa correspondiente, deberá realizar las actuaciones necesarias para
incluir en el monte “Porrino y otros” del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia
de Badajoz las parcelas 412, 414, 415, 416, 420 y 422 del polígono 12 de Salvaleón, para