Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050127)
Orden de 18 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
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NÚMERO 124
Jueves 27 de junio de 2024

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ORDEN de 18 de junio de 2024 por la que se modifican puntualmente las
relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral
de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes. (2024050127)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente modificación se procede al reajuste de la relación de puestos de trabajo
de personal funcionario y de personal laboral, destacando las modificaciones efectuadas, en
relación con características de los puestos adscritos al centro de trabajo “Campamento Emperador Carlos V”, cerrado desde el año 2022, permitiendo su adscripción a otros espacios y
centros dependientes del Instituto de la Juventud de Extremadura.
Asimismo, también se llevan a cabo determinadas modificaciones, en puestos de estructura
del Instituto de la Juventud de Extremadura, reforzando aquellas áreas que, debido a la diversidad de asuntos asignados, necesitan canalizar la gestión de asuntos específicos a través
de puestos de tal naturaleza.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que
se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la
Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es el Consejo de
Gobierno. No obstante, corresponderá al titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública aprobar su modificación puntual en los supuestos que se determinan en el artículo 2, siempre
que no se superen los límites establecidos en el apartado 5 del artículo 1 del mencionado decreto.