Servicio Extremeño De Salud. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2024062234)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas en municipios y mancomunidades para el año 2024.
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NÚMERO 123
32094
Miércoles 26 de junio de 2024
con la exigencia del interés de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, cuando concurra algunas de las causas previstas en el
artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones exigidas en esta
resolución. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar.
Séptimo. La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura surtirá los
efectos propios de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en consonancia con el artículo 8.4 del decreto 72/2016, de 31 de mayo.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, según la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el supuesto de haber
interpuesto recurso de reposición no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de
aquel. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime
procedente.
Mérida, 24 de junio de 2024.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS
32094
Miércoles 26 de junio de 2024
con la exigencia del interés de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se
acuerde la procedencia del reintegro, cuando concurra algunas de las causas previstas en el
artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, y en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones exigidas en esta
resolución. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar.
Séptimo. La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura surtirá los
efectos propios de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en consonancia con el artículo 8.4 del decreto 72/2016, de 31 de mayo.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, según la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el supuesto de haber
interpuesto recurso de reposición no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de
aquel. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime
procedente.
Mérida, 24 de junio de 2024.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS