Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062145)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de centro de gestión de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor es Francisco Moreno Parra, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024
31985
4. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados a la red de saneamiento, todos los residuos
que contengan fluidos se almacenarán sobre pavimento impermeable y se asegurará la
retención y recogida de fugas de fluidos.
5. L
a arqueta separadora de hidrocarburos se mantendrá en perfecto estado de funcionamiento. En particular, se retirarán con la frecuencia precisa las grasas e hidrocarburos
separados de las aguas pluviales, gestionándose adecuadamente conforme a lo indicado
en el capítulo -a-.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. L
as principales fuentes de emisión de ruidos de la actividad industrial serán los vehículos
de transporte de residuos.
Desde el punto de vista acústico, no se contempla el funcionamiento de ningún otro equipo
o maquinaria distinto a los enumerados en proyecto y sobre los que se han determinado
los niveles sonoros anteriores.
2. L
a actividad se desarrollará en horario diurno.
3. N
o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
4. L
a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Condiciones generales:
La presente autorización se concede con los límites y condiciones técnicas que se establecen
a continuación. Cualquier modificación de lo establecido en estos límites y condiciones deberá
ser autorizada previamente.
— Conforme al proyecto técnico aportado, la instalación no funcionará en horario nocturno,
no contando con luminarias exteriores.
Miércoles 26 de junio de 2024
31985
4. A
l objeto de prevenir vertidos no autorizados a la red de saneamiento, todos los residuos
que contengan fluidos se almacenarán sobre pavimento impermeable y se asegurará la
retención y recogida de fugas de fluidos.
5. L
a arqueta separadora de hidrocarburos se mantendrá en perfecto estado de funcionamiento. En particular, se retirarán con la frecuencia precisa las grasas e hidrocarburos
separados de las aguas pluviales, gestionándose adecuadamente conforme a lo indicado
en el capítulo -a-.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica.
1. L
as principales fuentes de emisión de ruidos de la actividad industrial serán los vehículos
de transporte de residuos.
Desde el punto de vista acústico, no se contempla el funcionamiento de ningún otro equipo
o maquinaria distinto a los enumerados en proyecto y sobre los que se han determinado
los niveles sonoros anteriores.
2. L
a actividad se desarrollará en horario diurno.
3. N
o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
4. L
a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y reducción de la contaminación lumínica.
Condiciones generales:
La presente autorización se concede con los límites y condiciones técnicas que se establecen
a continuación. Cualquier modificación de lo establecido en estos límites y condiciones deberá
ser autorizada previamente.
— Conforme al proyecto técnico aportado, la instalación no funcionará en horario nocturno,
no contando con luminarias exteriores.