Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062145)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de centro de gestión de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor es Francisco Moreno Parra, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024
III
31978
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto
de centro de gestión de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor
es Francisco Moreno Parra, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
(2024062145)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 2 de agosto de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para el proyecto de centro de gestión de residuos no peligrosos promovido por D. Francisco Moreno Parra, con DNI
****1477E, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz).
Segundo. La instalación industrial se ubicará en la parcela nº.12, calle 5, del polígono industrial del término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz); en una superficie de 2.055,3 m2.
Las características esenciales del proyecto objeto de la presente resolución están descritas
en el anexo I.
Tercero. A fin de promover la participación real y efectiva de las personas interesadas, en
todo caso de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de esta autorización ambiental unificada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano
ambiental notificó personalmente el inicio de dicho trámite a los vecinos inmediatos al emplazamiento de la instalación, con indicación de que disponían de un plazo de diez días para
formular alegaciones. Durante este trámite no se reciben alegaciones.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, mediante Anuncio de 13 de febrero de 2020 se pone a disposición del público la solicitud de la autorización ambiental unificada del proyecto para el centro de gestión de residuos
metálicos no peligrosos, promovido por D. Francisco Moreno Parra, en el término municipal
de Puebla de Alcocer (Badajoz). Dentro del periodo de 10 días hábiles de puesta a disposición
del público no se reciben alegaciones.
Quinto. Mediante escrito de fecha 21 de mayo de 2021 se solicita al Ayuntamiento de Puebla
de Alcocer el informe referido en el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles 26 de junio de 2024
III
31978
OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto
de centro de gestión de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor
es Francisco Moreno Parra, en el término municipal de Puebla de Alcocer.
(2024062145)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 2 de agosto de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para el proyecto de centro de gestión de residuos no peligrosos promovido por D. Francisco Moreno Parra, con DNI
****1477E, en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz).
Segundo. La instalación industrial se ubicará en la parcela nº.12, calle 5, del polígono industrial del término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz); en una superficie de 2.055,3 m2.
Las características esenciales del proyecto objeto de la presente resolución están descritas
en el anexo I.
Tercero. A fin de promover la participación real y efectiva de las personas interesadas, en
todo caso de los vecinos inmediatos, en el procedimiento de otorgamiento de esta autorización ambiental unificada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano
ambiental notificó personalmente el inicio de dicho trámite a los vecinos inmediatos al emplazamiento de la instalación, con indicación de que disponían de un plazo de diez días para
formular alegaciones. Durante este trámite no se reciben alegaciones.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, mediante Anuncio de 13 de febrero de 2020 se pone a disposición del público la solicitud de la autorización ambiental unificada del proyecto para el centro de gestión de residuos
metálicos no peligrosos, promovido por D. Francisco Moreno Parra, en el término municipal
de Puebla de Alcocer (Badajoz). Dentro del periodo de 10 días hábiles de puesta a disposición
del público no se reciben alegaciones.
Quinto. Mediante escrito de fecha 21 de mayo de 2021 se solicita al Ayuntamiento de Puebla
de Alcocer el informe referido en el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.