Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024040080)
Decreto 49/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de la ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la vinificación incluida en la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027 y se aprueba su primera convocatoria para la campaña vitivinícola 2023/2024 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024
I
31903
DISPOSICIONES GENERALES
DECRETO 49/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
de la ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la
vinificación incluida en la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del
Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027 y se
aprueba su primera convocatoria para la campaña vitivinícola 2023/2024 en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024040080)
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes
los tipos de intervenciones a realizar en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión
para esta intervención.
Este nuevo reglamento supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una política
orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres objetivos generales
del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo,
resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y
contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión, entre ellos, los
compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París y fortalecer el tejido socioeconómico
de las zonas rurales. Esta nueva orientación se articula sobre una mayor subsidiariedad a los
Estados miembros, que deberán ser quienes, sobre la base de la situación y necesidades específicas, deberán diseñar sus propias intervenciones.
Con este nuevo enfoque, España, tras un análisis riguroso de la situación de partida, que ha
permitido identificar y priorizar las necesidades vinculadas a cada uno de estos objetivos,
cuenta con un Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027, que tiene
como objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales
para garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo, el cual ha sido aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022.
Asimismo, cabe destacar que el citado Reglamento (UE), en su artículo 43 dispone que la
Intervención en el Sector Vitivinícola (ISV) es obligatoria para todos los Estados miembros
incluidos en su anexo VII, entre los que está incluido el Reino de España.
Miércoles 26 de junio de 2024
I
31903
DISPOSICIONES GENERALES
DECRETO 49/2024, de 4 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras
de la ayuda vinculada a la intervención de destilación de subproductos de la
vinificación incluida en la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del
Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027 y se
aprueba su primera convocatoria para la campaña vitivinícola 2023/2024 en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2024040080)
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre
de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)
y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, contempla en su artículo 57 y siguientes
los tipos de intervenciones a realizar en el sector vitivinícola y la ayuda financiera de la Unión
para esta intervención.
Este nuevo reglamento supone un cambio sustancial en la PAC, que pasa a ser una política
orientada a la consecución de resultados concretos, vinculados a los tres objetivos generales
del artículo 5 del Reglamento, esto es, fomentar un sector agrícola inteligente, competitivo,
resiliente y diversificado que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo; apoyar y reforzar la protección del medio ambiente, incluida la biodiversidad, y la acción por el clima y
contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión, entre ellos, los
compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París y fortalecer el tejido socioeconómico
de las zonas rurales. Esta nueva orientación se articula sobre una mayor subsidiariedad a los
Estados miembros, que deberán ser quienes, sobre la base de la situación y necesidades específicas, deberán diseñar sus propias intervenciones.
Con este nuevo enfoque, España, tras un análisis riguroso de la situación de partida, que ha
permitido identificar y priorizar las necesidades vinculadas a cada uno de estos objetivos,
cuenta con un Plan Estratégico Nacional de la PAC del Reino de España 2023-2027, que tiene
como objetivo el desarrollo sostenible de la agricultura, la alimentación y las zonas rurales
para garantizar la seguridad alimentaria de la sociedad a través de un sector competitivo y un
medio rural vivo, el cual ha sido aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022.
Asimismo, cabe destacar que el citado Reglamento (UE), en su artículo 43 dispone que la
Intervención en el Sector Vitivinícola (ISV) es obligatoria para todos los Estados miembros
incluidos en su anexo VII, entre los que está incluido el Reino de España.