Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Medidas Urgentes. Subvenciones. (2024081041)
Anuncio de 21 de junio de 2024 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector del viñedo de secano, contempladas en el capítulo 2 del Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos.
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NÚMERO 123
Miércoles 26 de junio de 2024
32113
ANUNCIO de 21 de junio de 2024 por el que se hace pública la relación
provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector del
viñedo de secano, contempladas en el capítulo 2 del Decreto-Ley 1/2024, de
28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a
las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en
materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación
administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos. (2024081041)
Con fecha 5 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley
1/2024, de 28 de mayo (DOE n º 108, de 5 de junio), de ayudas extraordinarias al sector
del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento
técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos.
Dicho Decreto-ley, en el capítulo II relativo a la ayuda directa al sector del viñedo de secano
se regula, en su artículo 3, el procedimiento de concesión directa de la ayuda a titulares de las
personas o entidades titulares de explotaciones agrarias con recintos ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que hayan estado inscritos en el Registro de Explotaciones
Agrarias en 2023 con uso viñedo de secano.
En el artículo 5.1.b) se establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión
será el Servicio de Producción Agrícola y Ganadera de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
El órgano instructor publicará en el plazo máximo de 15 días hábiles computados desde la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de este Decreto-ley, en el portal web Juntaex
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola, la relación provisional de personas titulares de explotaciones con superficie de uso de viña de secano, el número
de hectáreas computadas, la cuantía de la subvención a recibir y las incidencias detectadas.
Adicionalmente se informará de la publicación de dicha relación provisional mediante Anuncio
en el Diario oficial de Extremadura.
En virtud de todo lo expuesto, el Servicio de Producción Agrícola y Ganadera procede a hacer
pública la relación provisional, indicando personas titulares de explotaciones con superficie
de uso de viña de secano, el número de hectáreas computadas, la cuantía de la subvención
a recibir y las incidencias detectadas (cuentas bancarias y/o no alcanza superficie mínima
requerida) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace
pública.
Miércoles 26 de junio de 2024
32113
ANUNCIO de 21 de junio de 2024 por el que se hace pública la relación
provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector del
viñedo de secano, contempladas en el capítulo 2 del Decreto-Ley 1/2024, de
28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a
las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en
materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación
administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos. (2024081041)
Con fecha 5 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley
1/2024, de 28 de mayo (DOE n º 108, de 5 de junio), de ayudas extraordinarias al sector
del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento
técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos.
Dicho Decreto-ley, en el capítulo II relativo a la ayuda directa al sector del viñedo de secano
se regula, en su artículo 3, el procedimiento de concesión directa de la ayuda a titulares de las
personas o entidades titulares de explotaciones agrarias con recintos ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que hayan estado inscritos en el Registro de Explotaciones
Agrarias en 2023 con uso viñedo de secano.
En el artículo 5.1.b) se establece que el órgano instructor del procedimiento de concesión
será el Servicio de Producción Agrícola y Ganadera de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
El órgano instructor publicará en el plazo máximo de 15 días hábiles computados desde la
publicación en el Diario Oficial de Extremadura de este Decreto-ley, en el portal web Juntaex
https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola, la relación provisional de personas titulares de explotaciones con superficie de uso de viña de secano, el número
de hectáreas computadas, la cuantía de la subvención a recibir y las incidencias detectadas.
Adicionalmente se informará de la publicación de dicha relación provisional mediante Anuncio
en el Diario oficial de Extremadura.
En virtud de todo lo expuesto, el Servicio de Producción Agrícola y Ganadera procede a hacer
pública la relación provisional, indicando personas titulares de explotaciones con superficie
de uso de viña de secano, el número de hectáreas computadas, la cuantía de la subvención
a recibir y las incidencias detectadas (cuentas bancarias y/o no alcanza superficie mínima
requerida) para proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace
pública.