Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Residencias Universitarias. (2024050121)
Orden de 18 de junio de 2024 por la que se regula la convocatoria de plazas de residentes en las residencias universitarias de la Junta de Extremadura para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 122
Martes 25 de junio de 2024
31702
c) Certificado de empadronamiento colectivo.
d) Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad de algún miembro de la unidad
familiar, si es el caso.
2. S
e podrá aplicar una bonificación del 99% en el pago de los precios públicos por la prestación de los servicios de estancia y alimentación en las residencias universitarias dependientes de la Junta de Extremadura, para las personas residentes que se encuentren en
situación de vulnerabilidad social.
Para la aplicación de esta bonificación es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad
social, mediante informe motivado de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
Familia de la Junta de Extremadura, previa recepción en ésta de informe social emitido por
el Servicio Social de Atención Social Básica de la localidad de residencia de la persona soli
citante, que contendrá indicadores necesarios de dicha situación de vulnerabilidad social.
3. T
endrán derecho a una bonificación del 99% en el pago de los precios públicos por la
prestación de los servicios de alojamiento y manutención en las residencias universitarias
dependientes de la Junta de Extremadura las personas víctimas de la violencia de género a quienes hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, y descendientes en primer grado; para
ello, deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la
víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en
la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente, será título acreditativo de
esta situación el informe del Ministerio Fiscal de género, hasta que no se dicte la orden de
protección o resolución que indique la existencia de indicios de que la solicitante es víctima
de la violencia o el informe motivado del Instituto de la Mujer de Extremadura.
4. Las personas residentes cuyos planes de estudios exijan la realización de prácticas en localidades distintas a las de la residencia donde tienen la plaza, y los que sean beneficiarios de
una beca de los Programas Educativos Europeos u otros programas de cooperación internacional, abonarán solo el 50% del precio público durante el periodo en el que se ausenten.
Cuando la ausencia se prolongue durante más de un mes de forma consecutiva, transcurrido este, la reducción del 50% del precio público establecido pasará a ser del 90% y
comportará el derecho de reserva de plaza hasta la reincorporación a la residencia.
Para hacer efectivas estas reducciones, el alumnado afectado deberá presentar en la Secretaría de la residencia correspondiente, de forma obligatoria y previamente al comienzo
de las prácticas, certificado original expedido por la Universidad de Extremadura en el que
Martes 25 de junio de 2024
31702
c) Certificado de empadronamiento colectivo.
d) Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad de algún miembro de la unidad
familiar, si es el caso.
2. S
e podrá aplicar una bonificación del 99% en el pago de los precios públicos por la prestación de los servicios de estancia y alimentación en las residencias universitarias dependientes de la Junta de Extremadura, para las personas residentes que se encuentren en
situación de vulnerabilidad social.
Para la aplicación de esta bonificación es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad
social, mediante informe motivado de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
Familia de la Junta de Extremadura, previa recepción en ésta de informe social emitido por
el Servicio Social de Atención Social Básica de la localidad de residencia de la persona soli
citante, que contendrá indicadores necesarios de dicha situación de vulnerabilidad social.
3. T
endrán derecho a una bonificación del 99% en el pago de los precios públicos por la
prestación de los servicios de alojamiento y manutención en las residencias universitarias
dependientes de la Junta de Extremadura las personas víctimas de la violencia de género a quienes hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
Protección Integral contra la Violencia de Género, y descendientes en primer grado; para
ello, deberán aportar la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la
víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en
la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente, será título acreditativo de
esta situación el informe del Ministerio Fiscal de género, hasta que no se dicte la orden de
protección o resolución que indique la existencia de indicios de que la solicitante es víctima
de la violencia o el informe motivado del Instituto de la Mujer de Extremadura.
4. Las personas residentes cuyos planes de estudios exijan la realización de prácticas en localidades distintas a las de la residencia donde tienen la plaza, y los que sean beneficiarios de
una beca de los Programas Educativos Europeos u otros programas de cooperación internacional, abonarán solo el 50% del precio público durante el periodo en el que se ausenten.
Cuando la ausencia se prolongue durante más de un mes de forma consecutiva, transcurrido este, la reducción del 50% del precio público establecido pasará a ser del 90% y
comportará el derecho de reserva de plaza hasta la reincorporación a la residencia.
Para hacer efectivas estas reducciones, el alumnado afectado deberá presentar en la Secretaría de la residencia correspondiente, de forma obligatoria y previamente al comienzo
de las prácticas, certificado original expedido por la Universidad de Extremadura en el que