Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024062123)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de solicitud de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 118,34 hectáreas de pistacheros, en el término municipal de La Morera (Badajoz). Expte.: IA23/1199.
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NÚMERO 120
Viernes 21 de junio de 2024

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El impacto sobre el paisaje se considera compatible con el proyecto, recogiéndose no
obstante en el presenta informe medidas para adecuar e integrar paisajísticamente las
infraestructuras de carácter permanente asociadas al sistema de riego.
3.3.7. Calidad del aire y ruido.
La calidad de aire se considera en el documento ambiental, que es muy buena. La zona
de estudio se encuentra aledaña a terrenos rústicos y a una distancia más que suficiente para no generar molestias por emisiones contaminantes a la atmósfera (principalmente polvo en suspensión) y ruido.
Durante la fase de ejecución de las obras, los ruidos y el polvo van a tener su origen
principalmente en el tránsito de la maquinaria y otros vehículos. Durante la fase de explotación, los ruidos y el polvo tendrán su origen en las labores agrícolas, en las bombas
de riego, y en el tránsito de maquinaria.
No obstante, con un adecuado mantenimiento de la maquinaria, riegos de la zona de
tránsito, limitación de la velocidad de tránsito y del trabajo a las horas diurnas, junto
con otras medidas incluidas en el documento ambiental, se podrá disminuir la afección
sobre el medio.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Tal y como se indicó con anterioridad en el presente informe, respecto a la posibilidad
de aparición de elementos con valor patrimonial y/o arqueológico, corresponde a la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural velar por su adecuada
protección, quién establece una serie de medidas incluidas en el Informe de la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Deberá la promotora del proyecto contar con las preceptivas autorizaciones y/o permisos preceptivos de los titulares del resto de infraestructuras viarias que pudieran verse
afectadas por cruzamientos de la red de riego, y de manera particular, los dos cruces
previstos y definidos del dominio público hidráulico de cauces (arroyos), que solo se
ejecutarán una vez emitido este informe ambiental y autorizada su ejecución por el
órgano de cuenca, según las condiciones previstas por la autorización.
Tal y como se indica en la respuesta a consultas, emitida por el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo rural, no se prevé afección
a ninguna de las vías pecuarias existentes en el término municipal de La Morera.