Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2024062109)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se exime a la Mancomunidad de Municipios "Los Molinos", provincia de Badajoz, de la obligación de mantener puestos propios reservados a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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NÚMERO 119

31210

Jueves 20 de junio de 2024

Quinta. Vista la propuesta de resolución del Servicio de Régimen Jurídico de Administración
Local, y en uso de las facultades atribuidas por el Decreto 77/2023, de 21 de julio, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, de estructura orgánica de la Consejería
de Presidencia, Interior y Diálogo Social, así como el Decreto de nombramiento 109/2023, de
2 de agosto, esta Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Eximir a la Mancomunidad de municipios “Los Molinos” de la obligación de mantener el puesto de Secretaría como puesto propio, clasificándose como una Secretaría eximida,
al amparo de los previsto en el artículo 10.2º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo,
concretando la clasificación y el sistema de provisión de la forma siguiente:
— Clasificación: Secretaría eximida de la obligación de mantener puestos propios reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Exenta
de mantener la Secretaría como puesto propio.
— Provisión: Ejercicio de las funciones reservadas de Secretaría, Intervención y Tesorería,
mediante funcionario con habilitación nacional en virtud de nombramiento en acumulación de funciones, conforme a lo dispuesto en los Estatutos de la Mancomunidad, entre
funcionarios de la Escala de Administración Local con Habilitación de carácter nacional;
subsidiariamente por el Servicio de Asistencia a municipios de la Diputación provincial
respectiva.
Segundo. La exención concedida podrá ser revocada, en todo caso, cuando desaparezcan las
causas que motivaron su otorgamiento.
Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, y anotar la correspondiente exención de Secretaría en el registro de personal funcionario
de la escala de habilitación nacional, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 del Real
Decreto 128/2018, de 16 marzo; así como dar traslado de dicho acuerdo y de su respectiva
publicación al Ministerio competente.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican,
los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes