Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Premios. (2024062075)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de la II Edición de los Premios a los mejores trabajos de investigación sobre familias, infancia y adolescencia de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 118
Miércoles 19 de junio de 2024

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de resolución a la Secretaria General de la Consejería competente en materia de infancia,
adolescencia y familias, que dictará resolución expresa y motivada. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe elaborado por el Jurado.
2. D
 e acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura, el plazo máximo para resolver y publicar
la resolución de concesión de los premios será de 3 meses desde la finalización del plazo
indicado en el resuelvo octavo apartado tercero. La falta de resolución expresa dentro
del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo
22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Contra dicha resolución, o la desestimación presunta, que no pondrá fin a
la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la persona
titular de la Consejería con competencias en materia de infancia, adolescencia y familias
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOE sin
perjuicio que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente.
3. L
 a resolución de concesión será comunicada individualmente por correo electrónico a todas las personas autoras y será publicada en el Diario Oficial de Extremadura haciéndose
constar los nombres de las personas premiadas, la denominación y el objeto del trabajo
premiado, así como las obligaciones de las mismas y hará constar de manera expresa los
trabajos no premiados. Asimismo, se difundirá en la página web del Observatorio Fiex.
En todo caso, será publicada la concesión de los premios en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido
en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura,
y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 20.8.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimocuarto. Pago de los premios concedidos.
1. E
 l abono del premio dinerario será efectuado de una sola vez mediante transferencia a
favor de la persona titular del trabajo premiado en primer lugar, una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura.
2. E
 n todo caso, para proceder a la tramitación de los pagos mencionados, la/s persona/s
galardonada/s deberá/n hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con
respecto a la Seguridad Social y Hacienda estatal y autonómica y deberá haberse presenta-