Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062087)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para "La modificación, revisión y mantenimiento de la Red Spida en Extremadura. Anualidades 2024-2027".
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NÚMERO 117

30900

Martes 18 de junio de 2024

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA,
INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, SERVICIO
DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN, LABORATORIO DE RADIACTIVIDAD AMBIENTAL,
LARUEX, PARA “LA MODIFICACIÓN, REVISIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA RED SPIDA
EN EXTREMADURA. ANUALIDADES 2024-2027”
10 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. David González Gil, Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, nombrado por Decreto 84/2023, de 28
de julio (DOE n.º 146 de 31 de julio de 2023), que interviene en nombre y representación de
dicha Consejería en virtud de la delegación de firma otorgada por Resolución de 4 de octubre
de 2023, del Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias, así como
la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y otros órganos administrativos de
la Consejería (DOE n.º 194, de 9 de octubre de 2023), autorizado por el Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura en su sesión del día 4 de junio de 2024.
De otra parte, D. Pedro María Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de
Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre,
(DOE núm. 9 de 13 de enero de 2023), actuando en nombre y representación de la misma,
de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 93.h) de los Estatutos
de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo, previa
aprobación del convenio por Consejo de Gobierno de la Universidad, en su sesión del 29 de
abril de 2024, a tenor del articulo 87.2 apartado j), de los citados estatutos.
Se reconocen ambas partes con capacidad legal suficiente y poder bastante para formalizar
el presente Convenio y,
EXPONEN
Primero. El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por
la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma, en su apartado
42, la competencia exclusiva en materia de protección civil y emergencias. Por su parte, la
Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, tiene asumidas las competencias en materia de interior, emergencia y protección civil conforme se establece en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de
las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.