Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062087)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y la Universidad de Extremadura, Servicio de Apoyo a la Investigación, Laboratorio de Radiactividad Ambiental, LARUEX, para "La modificación, revisión y mantenimiento de la Red Spida en Extremadura. Anualidades 2024-2027".
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024
30908
igualmente quedan afectadas a la evolución de cada una de las actuaciones. En este sentido,
motivado por la ocurrencia de variaciones no previstas en el presente convenio, el desglose del presupuesto de gastos asignado por anualidades previsto en el mismo, podrá sufrir
variaciones de hasta un 20% de la cuantía total anual entre los importes previstos para los
distintos conceptos relacionado en los cuadros de anuales, sin que en ningún caso estas variaciones que supongan un aumento del presupuesto total del convenio, del importe de cada
actuación, ni un cambio de las aportaciones anuales consignadas. Estas variaciones tendrán
la consideración de no sustanciales y se deberán comunicar por parte de la Universidad de
Extremadura a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social en el momento de presentar la certificación. Las variaciones en un porcentaje superior al 20% de la cuantía total
anual requerirán en todo caso autorización previa por Consejo de Gobierno.
Estas actuaciones se enmarcan como desarrollo de las inversiones contempladas en el “Programa de Extremadura FEDER 2021-2027 OP 2. “Una Europa más verde, baja en carbono, en
transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo
una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la
mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad
urbana sostenible” / objetivo específico RSO2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático
y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas” / Prioridad de inversión “P2A. Transición verde”, código 058
Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos relacionados con
el clima: inundaciones y deslizamientos de terreno (incluidas las acciones de sensibilización,
la protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques
ecosistémicos)” con tasa de cofinanciación de los indicados fondos del 80%.
Sexta. Protección de datos y confidencialidad.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Cada una de las partes se compromete a no difundir, sin el consentimiento de la otra parte, las
informaciones científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte, a las que haya podido tener
acceso con ocasión del desarrollo del Proyecto objeto del Convenio, salvo que esas informaciones sean del dominio público o que la revelación de las mismas sea requerida por Ley.
Martes 18 de junio de 2024
30908
igualmente quedan afectadas a la evolución de cada una de las actuaciones. En este sentido,
motivado por la ocurrencia de variaciones no previstas en el presente convenio, el desglose del presupuesto de gastos asignado por anualidades previsto en el mismo, podrá sufrir
variaciones de hasta un 20% de la cuantía total anual entre los importes previstos para los
distintos conceptos relacionado en los cuadros de anuales, sin que en ningún caso estas variaciones que supongan un aumento del presupuesto total del convenio, del importe de cada
actuación, ni un cambio de las aportaciones anuales consignadas. Estas variaciones tendrán
la consideración de no sustanciales y se deberán comunicar por parte de la Universidad de
Extremadura a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social en el momento de presentar la certificación. Las variaciones en un porcentaje superior al 20% de la cuantía total
anual requerirán en todo caso autorización previa por Consejo de Gobierno.
Estas actuaciones se enmarcan como desarrollo de las inversiones contempladas en el “Programa de Extremadura FEDER 2021-2027 OP 2. “Una Europa más verde, baja en carbono, en
transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo
una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la
mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad
urbana sostenible” / objetivo específico RSO2.4 “Favorecer la adaptación al cambio climático
y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas” / Prioridad de inversión “P2A. Transición verde”, código 058
Medidas de adaptación al cambio climático y prevención y gestión de riesgos relacionados con
el clima: inundaciones y deslizamientos de terreno (incluidas las acciones de sensibilización,
la protección civil, los sistemas e infraestructuras de gestión de catástrofes y los enfoques
ecosistémicos)” con tasa de cofinanciación de los indicados fondos del 80%.
Sexta. Protección de datos y confidencialidad.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Cada una de las partes se compromete a no difundir, sin el consentimiento de la otra parte, las
informaciones científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte, a las que haya podido tener
acceso con ocasión del desarrollo del Proyecto objeto del Convenio, salvo que esas informaciones sean del dominio público o que la revelación de las mismas sea requerida por Ley.