Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Bioseguridad. Subvenciones. (2024040083)
Decreto 51/2024, de 11 de junio, que modifica el Decreto 27/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y primera convocatoria de ayudas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado así como a inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al Real Decreto 949/2021, de 2 de noviembre.
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NÚMERO 117
Martes 18 de junio de 2024
30769
creto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para
la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte
por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. También se estará a lo establecido
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el
Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, sin perjuicio de las normas autonómicas que pudieran resultar
de aplicación. Igualmente se estará a lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29
de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/55/2023, de
24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dictada
en desarrollo de la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de
23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; y, en caso de
que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a tal
ley, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014”.
Dos. El apartado 4 del artículo 5 queda redactado como sigue:
“Con independencia de lo anterior, se publicará la información en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo”.
Tres. El artículo 6 queda redactado como sigue:
“Artículo 6. Requisitos y obligaciones generales (artículo 5 del Real Decreto 949/2021).
Martes 18 de junio de 2024
30769
creto 949/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para
la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte
por carretera de ganado, así como para inversiones en bioseguridad en viveros, acometidas por determinados productores de materiales vegetales de reproducción, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. También se estará a lo establecido
en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el
Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, sin perjuicio de las normas autonómicas que pudieran resultar
de aplicación. Igualmente se estará a lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29
de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que
se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; la Orden HFP/55/2023, de
24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dictada
en desarrollo de la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de
23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; y, en caso de
que en la ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a tal
ley, en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014”.
Dos. El apartado 4 del artículo 5 queda redactado como sigue:
“Con independencia de lo anterior, se publicará la información en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo”.
Tres. El artículo 6 queda redactado como sigue:
“Artículo 6. Requisitos y obligaciones generales (artículo 5 del Real Decreto 949/2021).