Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062061)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Universidad de Extremadura, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales, el Servicio Extremeño de Salud y la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura para la creación conjunta del Instituto Universitario de Investigación Biosanitaria de Extremadura (INUBE), suscrito el 24 de mayo de 2019.
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NÚMERO 116
30532
Lunes 17 de junio de 2024
propia o por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos, las restantes
podrán optar entre la resolución del Convenio o su continuidad, lo que se acordará en el
seno del Consejo Rector. En caso de acordarse la continuidad, y sin perjuicio de la liquidación que deba de hacerse en relación a la entidad saliente, se deberá suscribir una adenda
que regule la nueva situación del Instituto.
Tercera. Modificación de la cláusula decimosexta. Vigencia.
Se modifica la cláusula decimosexta del convenio, que queda redactada del siguiente modo:
Decimosexta. Vigencia.
El presente convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia
indefinida, de conformidad con el apartado 2, del artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Cuarta. Eficacia de la adenda.
Las modificaciones establecidas por la presente adenda producirán efectos a partir de la firma
de la misma por todas las partes, y tendrán carácter indefinido.
Quinta. Mantenimiento del resto de las cláusulas del convenio.
Las partes están de acuerdo en que el resto de las cláusulas del convenio mantengan su
vigencia.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda, en el lugar y fecha
consignados en el encabezamiento, quedando anexionada al Convenio original suscrito el 24
de mayo de 2019.
Por la Universidad de Extremadura.
El Rector,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO
Por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
La Consejera,
D.ª MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
Por la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Por el Servicio Extremeño de Salud.
La Consejera,
El Director Gerente,
D.ª SARA GARCÍA ESPADA
D. JESÚS VILÉS PIRIS
30532
Lunes 17 de junio de 2024
propia o por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos, las restantes
podrán optar entre la resolución del Convenio o su continuidad, lo que se acordará en el
seno del Consejo Rector. En caso de acordarse la continuidad, y sin perjuicio de la liquidación que deba de hacerse en relación a la entidad saliente, se deberá suscribir una adenda
que regule la nueva situación del Instituto.
Tercera. Modificación de la cláusula decimosexta. Vigencia.
Se modifica la cláusula decimosexta del convenio, que queda redactada del siguiente modo:
Decimosexta. Vigencia.
El presente convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia
indefinida, de conformidad con el apartado 2, del artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Cuarta. Eficacia de la adenda.
Las modificaciones establecidas por la presente adenda producirán efectos a partir de la firma
de la misma por todas las partes, y tendrán carácter indefinido.
Quinta. Mantenimiento del resto de las cláusulas del convenio.
Las partes están de acuerdo en que el resto de las cláusulas del convenio mantengan su
vigencia.
Y en prueba de conformidad, las partes suscriben la presente Adenda, en el lugar y fecha
consignados en el encabezamiento, quedando anexionada al Convenio original suscrito el 24
de mayo de 2019.
Por la Universidad de Extremadura.
El Rector,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO
Por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
La Consejera,
D.ª MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
Por la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Por el Servicio Extremeño de Salud.
La Consejera,
El Director Gerente,
D.ª SARA GARCÍA ESPADA
D. JESÚS VILÉS PIRIS