Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024062060)
Resolución de 12 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda (Convenio Específico) al Convenio Marco suscrito entre la Junta de Extremadura y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, SA, SME, para facilitar el ingreso en cuentas restringidas de giros postales utilizados para pagar deudas tributarias y otras de derecho público.
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NÚMERO 116
Lunes 17 de junio de 2024

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público devengados a favor de la Junta de Extremadura, sobre los que se permitirá el pago en
las Oficinas de Correos, así como el procedimiento para llevarlo a cabo.
Segundo. Que Correos es una sociedad estatal que presta, entre otros, el servicio financiero
de giro postal, de acuerdo con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley 43/2010,
de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal. Dicho servicio tiene la consideración de servicio financiero de interés económico
general.
Tercero. Que Correos dispone de una red postal, con oficinas distribuidas por toda España, a
través de la cual presta a las personas usuarias, entre otros, los servicios de giro postal que
le son propios.
Cuarto. Que la Junta de Extremadura es la institución en la que se organiza política y jurídicamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre cuyos recursos se
encuentran los tributos cedidos, propios (impuestos y tasas) así como otros ingresos de derecho público, para cuya gestión, recaudación, liquidación e inspección tiene atribuidas competencias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 80 del Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Quinto. Que para la recaudación de dichos tributos e ingresos de derecho público la Junta
de Extremadura ostenta las prerrogativas establecidas para la Hacienda del Estado, y actúa
conforme a los procedimientos administrativos correspondientes, con arreglo al artículo 20.1
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
A su vez, el Decreto 105/2002, de 23 de julio, por el que se regula la recaudación de ingresos
producidos por tributos propios, precios públicos y otros ingresos prevé la posibilidad de que
el pago de las deudas pueda realizarse en las cuentas restringidas de los órganos de recaudación abiertas en entidades de crédito cuando quede justificada su necesidad por razones de
mejor prestación del servicio, custodia de fondos o similares.
La Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Tributos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, es el órgano responsable de ejercer las competencias que le atribuye el ordenamiento
jurídico para la aplicación de la gestión recaudatoria de los recursos públicos cuya gestión le
corresponda, por lo que dicha Dirección General será el interlocutor con Correos en materia
de desarrollo operativo del presente convenio.
Sexto. Que una de las modalidades de giro postal que Correos ofrece a sus clientes es aquella
que permite ingresar el importe del giro en una cuenta corriente.