Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Conciertos Educativos. (2024050116)
Orden de 13 de junio de 2024 por la que se convoca el procedimiento para la suscripción y/o modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2024-2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 116

30464

Lunes 17 de junio de 2024

b) Programa 222B: Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional:
Para la consecución de los fines pretendidos en los niveles educativos de Educación
Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, se destinará la cantidad
máxima de 11.869.477,79 euros, para los meses de septiembre a diciembre de 2024, con
cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222B/47000/GAG0000001/20200192.
Con relación a los dos primeros cuatrimestres del año 2025, se destinará la cantidad de
26.748.986,63 euros, realizándose el ajuste derivado de la aplicación de los módulos
económicos aprobados para dicho ejercicio.
c) Programa 222C: Educación Especial, Enseñanzas Artísticas e Idiomas:
Para la consecución de los fines pretendidos en el nivel educativo de Educación Especial,
se destinará la cantidad máxima de 2.386.508,81 euros, para los meses de septiembre a
diciembre de 2024, con cargo a la posición presupuestaria 130020000/G/222C/47000/
GAG0000001/20000669. Con relación a los dos primeros cuatrimestres del año 2025,
se destinará la cantidad de 5.198.212,57 euros, realizándose el ajuste derivado de la
aplicación de los módulos económicos aprobados para dicho ejercicio.
CAPÍTULO II
Suscripción y/o modificación de conciertos educativos para las enseñanzas de
segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria
Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, de Grado Medio y Superior y
Bachillerato.
Artículo 5. Suscripción y/o modificación.
Se convoca el procedimiento de suscripción y/o modificación de conciertos educativos para las
enseñanzas del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Grado Básico, así como la modificación de los conciertos
en los niveles educativos anteriores y en los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y
Bachillerato, de conformidad con lo establecido en el citado Decreto 64/2021.
Artículo 6. Enseñanzas.
1. Los centros docentes privados podrán solicitar concierto educativo para las siguientes enseñanzas:
a) 
Segundo Ciclo de Educación Infantil. Podrán acogerse al régimen de conciertos los
centros educativos que impartan enseñanzas al alumnado de 3 a 6 años y cumplan los
requisitos exigidos.