Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061981)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica plurianual a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la ejecución de varias actividades del Proyecto 101128265-TALENT4IBERIA.
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NÚMERO 115
Viernes 14 de junio de 2024

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hasta el momento por las partes.
3. S
 erán causas de resolución del presente convenio:
a) El trascurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del
mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 15 días con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la
comisión de seguimiento.
Si trascurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá
resuelto el convenio.
d) Falta o insuficiencia de crédito.
e) P
 or decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Décimo segunda. Publicidad.
En relación a la publicidad de los fondos europeos se estará a lo establecido en la cláusula
quinta del presente convenio. La identificación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que
se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta
de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, etc., que sean financiadas con la presente transferencia específica declaran cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de
3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de
Extremadura.