Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024062009)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental integrada al proyecto de centro de gestión de residuos, promovido por Biotran Gestión de Residuos, SL, en el término municipal de Plasencia.
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NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024

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Quinto. Mediante escrito de 17 de marzo de 2022 y 9 de febrero de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad, solicitó al Ayuntamiento de Plasencia informe sobre la adecuación de las
instalaciones analizadas a todos aquellos aspectos que sean de su competencia según lo estipulado en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación,
así como copia de las notificaciones y alegaciones que se presenten a ese Ayuntamiento relativas a este proyecto, sin que el Ayuntamiento se haya pronunciado al respecto.
No obstante, la solicitud de AAI cuenta con Informe del Ayuntamiento de Plasencia de 26
de marzo de 2018, que dice: “…a) El planeamiento a que está sujeta la parcela citada es el
vigente Plan General Municipal (PGM) de Plasencia, con aprobación definitiva de 15 de mayo
de 20015 y publicado en el DOE de fecha 30 de julio de 2015. Está localizada en la zona de
Ordenación Urbanística ZOU-5 del suelo urbano. Grado de urbanización completo. b) El tipo
de suelo de la parcela citada, según el Plan General Municipal actualmente vigente, es suelo
urbano consolidado. c) El uso global es industrial y compatible, categoría industrial y almacenaje (I2). Según la tabla de compatibilidades del artículo 12.1.1.5 de la normativa urbanística, en los casos de industrias nocivas, insalubres y peligrosas (IA4) está su uso regulado por
la normativa sectorial. d) Actualmente no se están tramitando modificaciones del planeamiento que pudieran afectar a la ubicación de la instalación. e) A juicio del técnico que informa, la
actividad se considera, siempre que se cumpla con la normativa sectorial, compatible con el
planeamiento urbanístico vigente, a falta de otra documentación y sin perjuicio de los informes y autorizaciones sectoriales correspondientes.
Sexto. Para dar cumplimiento al artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta DGS se dirigió mediante
escrito de 27 de marzo de 2024 a Biotran Gestión de Residuos, SL, y al Ayuntamiento de
Plasencia con objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se haya
presentado alegación alguna.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución de la autorización ambiental integrada
del proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. El centro de gestión de residuos de Biotran Gestión de Residuos, SL, está incluido en
la categoría 5.6. del anejo I del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación,