Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Delegación De Competencias. (2024062008)
Resolución de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre delegación de competencias sancionadoras en materia de industria, energía y minas.
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NÚMERO 114
Jueves 13 de junio de 2024

II

29773

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. N
 OMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2024, de la Dirección General de Industria,
Energía y Minas, sobre delegación de competencias sancionadoras en materia
de industria, energía y minas. (2024062008)
De conformidad con el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponde a la Dirección
General de Industria, Energía y Minas todas las funciones relacionadas con la dirección de las
políticas de industria, energía y minas, y en particular, entre otras, la ordenación y control de
la seguridad de los sectores industrial, minero y energético y el registro de las empresas de
dichos sectores, así como la inspección y el procedimiento sancionador de tales actividades.
La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, tiene entre sus objetivos establecer las normas
básicas de ordenación de las actividades industriales por las Administraciones Públicas, así
como fijar los medios y procedimientos para coordinar las competencias en materia de industria de dichas Administraciones, regulando en su título V el régimen sancionador en dicha
materia.
Igualmente, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, cuyo objeto es establecer la regulación del sector eléctrico con la finalidad de garantizar el suministro de energía
eléctrica, y de adecuarlo a las necesidades de los consumidores en términos de seguridad,
calidad, eficiencia, objetividad, transparencia y al mínimo coste, regulando en su título X el
régimen de inspecciones, infracciones y sanciones, atribuyendo las competencias en materia
sancionadora.
Asimismo, la Ley 2/2002, de 25 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico
en Extremadura, tiene como finalidad regular y garantizar la seguridad del abastecimiento,
la regularidad y la calidad del suministro de energía eléctrica, optimizando las características del mismo e igualmente, mejorar la atención y relación con los usuarios hasta alcanzar
y mantener niveles de calidad satisfactorios y homogéneos en todo el ámbito territorial de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, que redunden en una más eficiente utilización de