Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061980)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adecuación y puesta en servicio del "Campamento público de turismo de Puerto Peña", cuya promotora es la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deporte, en el término municipal de Talarrubias. Expte.: IA24/0149.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

29569

Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia o molestias a alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto
37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo) que pudiera verse afectada por los mismos, se
estará a lo dispuesto por los técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad, previa
comunicación de tal circunstancia.


2. S
 e utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.



3. A
 decuada integración paisajística de cualquier edificación, construcción y/o instalación proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados
en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose el campo visual y la armonía del conjunto.



4. S
 e eliminarán los elementos vegetales imprescindibles para la ejecución de las actuaciones; los necesarios que resulten directamente afectados por la superficie de
ocupación de las infraestructuras proyectadas. Se pondrá especial cuidado en no dañar las especies arbóreas autóctonas mediterráneas y de ribera. En caso de necesitar
la corta de algún pie se comunicará previamente a la Dirección General de Política
Forestal.



5. E
 n relación a los cerramientos, resulta aplicable el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.



6. T
 ras las obras, retirar los residuos no biodegradables generados, los cuales serán
gestionados según las disposiciones establecidas en la Ley 7/2022, de 28 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una EC. Cuando estos supongan riesgos para la
propagación de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando
combustible en la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan
INFOEX.

— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural indica que, revisada
la documentación presentada y dadas las características de la obra se emite informe con
la recomendación de que durante la fase de ejecución de las obras, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado, se aplique lo
establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Ex-