Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061980)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adecuación y puesta en servicio del "Campamento público de turismo de Puerto Peña", cuya promotora es la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deporte, en el término municipal de Talarrubias. Expte.: IA24/0149.
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NÚMERO 112
29567
Martes 11 de junio de 2024
2. T
ramitación y consultas.
El órgano sustantivo remitió a la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del proyecto para su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección
General de Sostenibilidad realizó consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las
personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X”
aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
Relación de consultados
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana
X
Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios
X
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
-
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Talarrubias
X
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
X
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
ADENEX
-
SEO/BirdLife
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
Greenpeace
-
Amus
-
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que, la zona de
actuación se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura
(Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura, en la Zona
de Especial Conservación para las aves (ZEPA): “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”
y la Zona de Especial Conservación (ZEC): “Embalse de Orellana y Sierra de Pela. Según
la zonificación establecida en el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR “Embalse de
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Martes 11 de junio de 2024
2. T
ramitación y consultas.
El órgano sustantivo remitió a la Dirección General de Sostenibilidad la solicitud de evaluación de impacto ambiental simplificada junto al documento ambiental del proyecto para su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección
General de Sostenibilidad realizó consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las
personas interesadas que se relacionan en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X”
aquellas Administraciones Públicas y personas interesadas que han emitido respuesta.
Relación de consultados
Respuestas recibidas
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y
Agenda Urbana
X
Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios
X
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
-
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Talarrubias
X
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura
X
Ecologistas en Acción
-
Ecologistas Extremadura
-
ADENEX
-
SEO/BirdLife
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
Greenpeace
-
Amus
-
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que, la zona de
actuación se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura
(Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura, en la Zona
de Especial Conservación para las aves (ZEPA): “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”
y la Zona de Especial Conservación (ZEC): “Embalse de Orellana y Sierra de Pela. Según
la zonificación establecida en el Plan Rector de Uso y Gestión de la ZIR “Embalse de