Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061980)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de adecuación y puesta en servicio del "Campamento público de turismo de Puerto Peña", cuya promotora es la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deporte, en el término municipal de Talarrubias. Expte.: IA24/0149.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024



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— Se informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su
conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos.
Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.



— Cualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no
someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.



— En lo referente a la prevención de incendios forestales, la instalación resultante del
proyecto tendrá la consideración de” Lugar Vulnerable”, a efectos de lo previsto en
el artículo 24 del Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por lo que la persona titular
de éste tendrá la obligación de contar con Memoria Técnica de Prevención (MTP).
La formalización de este instrumento de prevención se realiza mediante solicitud
de aprobación de la MTP de dicho lugar vulnerable de conformidad con el capítulo
III del título II, y título III, de la Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan
de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(PREIFEX).



— Se notificará a la Dirección General de Sostenibilidad el inicio de los trabajos. Esta
notificación se realizará un mes antes del inicio de las obras.



— Si durante la fase de construcción o explotación del proyecto se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas
de Extremadura (Decreto 37/2001; DOE n.º 30, de 13 de marzo) que pudiera verse
afectada por el mismo, se estará a lo dispuesto al equipo técnico de la Dirección General de Sostenibilidad, previa comunicación de tal circunstancia.



— Las afecciones sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, carreteras, caminos
públicos u otras infraestructuras y servidumbres existentes u otras afecciones, deberán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al
cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.



— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística, correspondiendo al Ayuntamiento de Talarrubias, las competencias en
estas materias.



— Dado que la zona de actuación ocuparía la zona de policía del embalse de Orellana
(río Guadiana), se estará a lo dispuesto en la resolución del expediente de autori-