Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061987)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de transformación de regadío de 13,99 ha de olivos en el polígono 6, parcelas 6, 7, 172, 173, 174 y 175, a ubicar en el término municipal de Lobón, promovido por Río Lacarón, SL. Expte.: IA21/0178.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

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mento, cualquier obra o trabajo en la zona de policía de cauces (que incluye también
la zona de servidumbre para uso público) precisará autorización administrativa previa
del Organismo de cuenca, que, en este caso, se tramitará conjuntamente con la oportuna concesión de aguas públicas.
Todas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar, tanto el
trazado en planta de los cauces que constituyes el DPH del Estado, como su régimen
de caudales. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos que garanticen
este mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante la ejecución de
las obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de caudales anterior y
posterior a la ejecución de las mismas.
Los cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el
DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un resguardo de 1
metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
Según la documentación aportada, el proyecto requiere un volumen de agua que asciende a la cantidad de 11.282,87 m³/año. Se indica asimismo que “El agua a utilizar
para el riego provendría del arroyo “Valderomero”, el cual dispone de una antigua balsa
de acumulación asociada al cauce”.
Según los datos obrantes en este organismo, el promotor solicitó, con fecha 21/02/2020,
una concesión de aguas superficiales con toma en una balsa sobre el cauce del arroyo
Valdeoveja, la cual se tramita con la referencia CONC. 07/20 (859/2020), para riego
por goteo de 13,99 ha de olivar en las parcelas 6, 7, 172, 173, 174 y 175 del polígono 6
del término municipal de Lobón (Badajoz). El volumen en tramitación es de 11.282,87
m3/año.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de aprovechamiento de aguas subterráneas.
Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH, el
titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los correspondientes retornos de riego.