Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2024061992)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Consejera, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

29586

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2024, de la Consejera, relativa a la autorización
de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de
Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año
2023. (2024061992)
Vista la propuesta de la Directora General de Universidad, relativa a la autorización de las
correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la
Universidad de Extremadura correspondiente al año 2023, en virtud de lo solicitado por la
Gerencia de la Universidad de Extremadura con fecha de registro de 20 de marzo de 2024,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en los apartados 1 y 2 del artículo 70, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria,
que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso, serán objeto
de la Oferta de Empleo Público.
Segundo. En este orden, y con carácter básico, el artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022,
de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, posibilita la
aplicación de una tasa de reposición de efectivos del 120 por ciento para el personal de administración y servicios de las Universidades, respetando las disponibilidades presupuestarias
del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en tanto sean autorizadas las
correspondientes convocatorias previa la acreditación de que no afecta al cumplimiento de los
objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni
de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Tercero. A estas previsiones legales se acoge lo dispuesto en el artículo 26 de las Normas de
Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Extremadura para 2023 en todo lo que afecta
al personal de administración y servicios de la Universidad de Extremadura. Por otro lado,
el artículo 207.2 de los vigentes Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por
Decreto 65/2003, de 8 de mayo, vincula la convocatoria de las pruebas selectivas de acceso a
plazas vacantes de personal de administración y servicios a las efectivamente comprometidas
en la Oferta de Empleo de la Universidad de Extremadura.
Cuarto. La Oferta de Empleo Público que habitualmente realiza la Universidad “constituye el
instrumento del que dispone la Administración para programar las necesidades de personal y