Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061989)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación del riego de 11,68 ha de olivos y viñas en el polígono 15 parcela 41, a ubicar en Solana de los Barros, promovido por Generoso García Hurtado. Expte.: IA23/1793.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024
29467
Ambiente, se estima que el proyecto presentado cumple con las exigencias mínimas en
cuanto a aptitud agronómica, consumos de agua y viabilidad económica de la transformación. No obstante, es el organismo de cuenca el competente para autorizar la
concesión solicitada de aguas públicas subterráneas con destino a riego por goteo en la
parcela 41 del polígono 15 del término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), con
una superficie total de riego de 11,6885 ha, teniendo en cuenta el marco de plantación
del olivar se considera que con una dotación máxima de 1.500 m³/ha año, cumplirá con
las necesidades idóneas del olivar, por lo que el volumen máximo autorizado para este
cultivo debería ser de 12.000 m³/año. Para el cultivo de viña es espaldera se considera
optima una dotación máxima de 1.500 m³/ha año.
— Se ha solicitado y recibido informe auxiliar del Agente del Medio Natural de la zona de
actuación.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste, en la ampliación de la superficie de riego 11,68 ha de olivos y viñas
con marco de plantación:
— Viña sector 1 y 2: 3 X 1,5 m.
— Olivar sector 3: 10 x 10 m.
— Olivar sector 4: 7 x 8 m .
Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas
subterráneas.
La superficie a ampliar en regadío se corresponde con el polígono 15 parcela 41 del término municipal de Solana de los Barros (Badajoz).
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 19.268,26 m3/año
según la documentación aportada por el promotor, proviene de 1 pozo de sondeo situados
Martes 11 de junio de 2024
29467
Ambiente, se estima que el proyecto presentado cumple con las exigencias mínimas en
cuanto a aptitud agronómica, consumos de agua y viabilidad económica de la transformación. No obstante, es el organismo de cuenca el competente para autorizar la
concesión solicitada de aguas públicas subterráneas con destino a riego por goteo en la
parcela 41 del polígono 15 del término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), con
una superficie total de riego de 11,6885 ha, teniendo en cuenta el marco de plantación
del olivar se considera que con una dotación máxima de 1.500 m³/ha año, cumplirá con
las necesidades idóneas del olivar, por lo que el volumen máximo autorizado para este
cultivo debería ser de 12.000 m³/año. Para el cultivo de viña es espaldera se considera
optima una dotación máxima de 1.500 m³/ha año.
— Se ha solicitado y recibido informe auxiliar del Agente del Medio Natural de la zona de
actuación.
3. A
nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto consiste, en la ampliación de la superficie de riego 11,68 ha de olivos y viñas
con marco de plantación:
— Viña sector 1 y 2: 3 X 1,5 m.
— Olivar sector 3: 10 x 10 m.
— Olivar sector 4: 7 x 8 m .
Se establecerá un sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas
subterráneas.
La superficie a ampliar en regadío se corresponde con el polígono 15 parcela 41 del término municipal de Solana de los Barros (Badajoz).
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 19.268,26 m3/año
según la documentación aportada por el promotor, proviene de 1 pozo de sondeo situados