Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061989)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación del riego de 11,68 ha de olivos y viñas en el polígono 15 parcela 41, a ubicar en Solana de los Barros, promovido por Generoso García Hurtado. Expte.: IA23/1793.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 112
Martes 11 de junio de 2024

29466

— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que:


• No se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo redactor de la referida evaluación de impacto ambiental simplificada sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.



• El estudio no contiene ninguna valoración ni análisis sobre el Patrimonio Cultural que
pudiera verse afectado por la implantación.

• Dado lo expuesto en los apartados anteriores, el documento de evaluación de impacto ambiental simplificada remitida no identifica posibles impactos potenciales del
proyecto. Solamente en la página 115 del documento ambiental se señala que: “Seguimiento, vigilancia de las incidencias y hallazgos de patrimonio arqueológico en la
obra. Se dará comunicado en caso de hallazgo a la Dirección General de Patrimonio
de la Junta de Extremadura”
Dadas las características de la obra se recomienda que, durante la fase de ejecución de
las obras, como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico
no detectado, se aplique lo establecido en el artículo 54 de la Ley 2/1999 de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura:
“Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán
su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
A la vista de las observaciones anteriormente reseñadas, se recomienda que el Director
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural remita el presente informe en
relación con el proyecto de ampliación de la superficie de riego hasta 11,68 ha de olivar y viña, ubicadas en el polígono 15 parcela 41 promovido por don Generoso García
Hurtado en el término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), condicionando su
ejecución al estricto cumplimiento de las medidas preventivas indicadas en este documento y a la asunción de las mismas por parte de la entidad promotora. En este sentido
la evaluación de impacto ambiental simplificada de este proyecto deberá recoger íntegramente las medidas señaladas con anterioridad.
— El Ayuntamiento de Solana de los Barros ha respondido en su informe que no dispone de
personal cualificado para evaluar el daño ambiental que este proyecto pueda ocasionar
en el municipio.
— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia. Servicio
de Regadíos informa que, dejando a salvo todo lo relacionado con la Sanidad y Medio