Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061888)
Resolución de 27 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de compostaje, cuyo promotor es Roberto Cabeza Conejo, en el término municipal de Moraleja (Cáceres).
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NÚMERO 112

29418

Martes 11 de junio de 2024

Cuarto. En virtud de lo expuesto, atendiendo a los antecedentes de hecho y de acuerdo con
los fundamentos jurídicos expuestos, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
establece que la autorización ambiental unificada deberá incluir un condicionado que permita
evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la afección al medio ambiente y a
la salud de las personas en relación con los aspectos objeto de la autorización, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a Roberto Cabeza Conejo para el proyecto de planta
de compostaje, a ubicar en el término municipal de Moraleja (Cáceres), que incluya los antecedentes de hecho del expediente administrativo, las prescripciones ambientales relativas
a las materias reguladas en el artículo 14.1. de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el
Decreto 81/2011, de 20 de mayo, señalando que, en cualquier fase del proyecto, se deberá
cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las
prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento. y las
siguientes condiciones:
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAU23/089.
a) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y
control de los residuos gestionados en la actividad
1. La instalación industrial llevará a cabo la valorización de los siguientes residuos no peligrosos.

Ler

(1)

Residuo

Heces de
animales, orina
y estiércol
(incluida paja
podrida),
02 01 06 efluentes,
recogidos
selectivamente
y tratados fuera
del lugar donde
se generan

Descripción

Estiércol

Origen

Destino

Heces
Valorización
animales

Toneladas
Anuales

Capacidad
máxima de
almacenamiento

Operaciones
de
valorización

5.550

702 m3

R0301