Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061948)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Planta de compostaje", cuyo promotor es Roberto Cabeza Conejo, en el término municipal de Moraleja (Cáceres). Expte.: IA23/1670.
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NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024
29151
–S
egún se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse
cuando se dé alguna de las causas señaladas en el citado artículo.
• Autorizaciones y visor SNCZI:
–L
as solicitudes de autorizaciones de actuaciones en zonas de dominio público
hidráulico y en Zonas de Policía pueden obtenerse en el apartado Servicios al Ciudadano, Tramitaciones de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo,
cuyo enlace se muestra a continuación, en donde además pueden obtenerse otro
tipo de solicitudes, información general, etc.:
Masas de agua subterránea.
En relación a las aguas subterráneas, la parcela asienta sobre la masa de agua
subterránea “Moraleja- ES030MSBT030.019”.
APROVECHAMIENTOS DE AGUA.
Según se indica en la documentación, “El abastecimiento de agua se realizará a través
de la charca presente en la finca”. Al respecto, desde el presente informe se realizan las
siguientes indicaciones por parte de este organismo:
• Para realizar el abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico
(aguas superficiales y/o subterráneas), deberá disponer de un título concesional de
aguas previo al empleo de las mismas, cuyo otorgamiento corresponde a esta Confederación y es a quién también deberá solicitarse.
• En caso de que se posea un título concesional en vigor y se pretendiese efectuar una
variación de lo recogido en el mismo (como por ejemplo: empleo de mayores volúmenes/caudales que los autorizados, uso no recogido en la autorización, empleo de
captación no recogida en la autorización, o cualquier otra cuestión que incumpla lo
expresado en el título), se indica que dicha variación requiere de autorización previa
por parte de este organismo, y es también a éste a quién deberá solicitarse (mediante una solicitud de modificación de las características o mediante una solicitud de un
nuevo título concesional).
Dado que, durante la tramitación necesaria para la concesión/inscripción, el proyecto
será sometido a la valoración de los técnicos de la Confederación Hidrográfica del Tajo
encargados de la gestión del dominio público hidráulico, se entiende que las actividades
previstas deberán ajustarse a los requerimientos que surjan durante la tramitación (y
que serán reflejados en el condicionado de dicha concesión/inscripción) y a los que queden recogidos en la declaración de impacto ambiental o informe de impacto ambiental
(según proceda).
Lunes 10 de junio de 2024
29151
–S
egún se establece en el artículo 6.2 del TRLA, estas zonas podrán ampliarse
cuando se dé alguna de las causas señaladas en el citado artículo.
• Autorizaciones y visor SNCZI:
–L
as solicitudes de autorizaciones de actuaciones en zonas de dominio público
hidráulico y en Zonas de Policía pueden obtenerse en el apartado Servicios al Ciudadano, Tramitaciones de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo,
cuyo enlace se muestra a continuación, en donde además pueden obtenerse otro
tipo de solicitudes, información general, etc.:
Masas de agua subterránea.
En relación a las aguas subterráneas, la parcela asienta sobre la masa de agua
subterránea “Moraleja- ES030MSBT030.019”.
APROVECHAMIENTOS DE AGUA.
Según se indica en la documentación, “El abastecimiento de agua se realizará a través
de la charca presente en la finca”. Al respecto, desde el presente informe se realizan las
siguientes indicaciones por parte de este organismo:
• Para realizar el abastecimiento de aguas directamente del dominio público hidráulico
(aguas superficiales y/o subterráneas), deberá disponer de un título concesional de
aguas previo al empleo de las mismas, cuyo otorgamiento corresponde a esta Confederación y es a quién también deberá solicitarse.
• En caso de que se posea un título concesional en vigor y se pretendiese efectuar una
variación de lo recogido en el mismo (como por ejemplo: empleo de mayores volúmenes/caudales que los autorizados, uso no recogido en la autorización, empleo de
captación no recogida en la autorización, o cualquier otra cuestión que incumpla lo
expresado en el título), se indica que dicha variación requiere de autorización previa
por parte de este organismo, y es también a éste a quién deberá solicitarse (mediante una solicitud de modificación de las características o mediante una solicitud de un
nuevo título concesional).
Dado que, durante la tramitación necesaria para la concesión/inscripción, el proyecto
será sometido a la valoración de los técnicos de la Confederación Hidrográfica del Tajo
encargados de la gestión del dominio público hidráulico, se entiende que las actividades
previstas deberán ajustarse a los requerimientos que surjan durante la tramitación (y
que serán reflejados en el condicionado de dicha concesión/inscripción) y a los que queden recogidos en la declaración de impacto ambiental o informe de impacto ambiental
(según proceda).