Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061948)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de "Planta de compostaje", cuyo promotor es Roberto Cabeza Conejo, en el término municipal de Moraleja (Cáceres). Expte.: IA23/1670.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024



29165

• Para todas las medidas en fase operativa relativas a emisiones a la atmosfera, residuos, vertidos, contaminación lumínica y contaminación acústica, se atenderá a lo
establecido en el condicionado de la autorización ambiental unificada.

d. M
 edidas complementarias.


— Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad
y sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.



— Para las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el
vertido de aguas residuales, se deberá contar con la correspondiente autorización
administrativa de la Confederación Hidrográfica competente conforme a las disposiciones vigentes.



— Las afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias, montes de utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres
existentes deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes, garantizándose su adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración
de la actividad. Se deberá mantener una distancia de seguridad suficiente con los
cauces, los caminos y las infraestructuras existentes.



• Respecto a la ubicación y construcción se atenderá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental, correspondiendo a los Ayuntamientos y
la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, respectivamente, las
competencias en estas materias. En cualquier caso, las instalaciones existentes deberán estar legalizadas para la actividad que se utilizan y la autorización de obra deberá
ceñirse a lo establecido en las correspondientes Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal.

e. Medidas de integración paisajística.


— Se realizarán plantaciones en aquellas zonas donde la densidad de arbolado es menor, implantando especies arbóreas y/o arbustivas autóctonas a fin de minimizar el
impacto paisajístico.



— Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.



— Se asegurará el éxito de la plantación, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán
los oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.