Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061950)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 21,21 ha de olivar en el polígono 15 parcela 8", a ubicar en el término municipal de Navalmoral de la Mata, promovido por Ismael Sánchez Moreno. Expte.: IA22/0348.
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NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024
29195
En referencia a las instalaciones detalladas en el documento adjunto a la solicitud para la
realización del informe, se detalla la existencia de una caseta de riego, en este sentido,
especificar que dicha instalación es considerada una edificación destinada a explotación
agropecuaria según cita el artículo 41. Edificaciones destinadas a explotaciones agropecuarias del PTCA al considerarla una instalación destinadas a la captación, almacenamiento y bombeo de agua, para las cuales establece los condicionantes establecidos en
los puntos 2 y 3 de dicho artículo 41, donde dice:
“2. Los instrumentos de planeamiento general establecerán las características estéticas
de la edificación, separación mínima a linderos, cerramientos, materiales y demás
condiciones constructivas de las edificaciones destinadas a las explotaciones agrarias (D).
3. N
o estará permitida la implantación de agroindustrias ni en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX), ni en las Zonas de Interés Prioritario
(ZIP) y Zonas de Alto Interés (ZAI) designadas en la zonificación de la Red Natura
2000. Las nuevas construcciones y actividades afectadas por el Parque Nacional de
Monfragüe deberán ajustarse a los contenidos definidos en el PRUG y en el Plan Director de Parques Nacionales. (NAD”).
Así comprobada la ubicación de las zonas de la RENPEX y zonas ZIP y ZAI, no existe
afección de estas a la parcela que nos ocupa, no siendo objeto de control por parte del
PT las condiciones de establecidas en el punto 2 antes citado.
El Plan Territorial del Campo Arañuelo se aplica en el término municipal de Navalmoral
de la Mata.
Estudiado la ubicación exacta dentro de la parcela 8 del polígono 15, donde se pretende
implantar riego por goteo, para cotejar el cumplimiento con el condicionado establecido
por el marco normativo del PTCA, desde este Servicio se estipula que la consulta de
referencia es compatible con el plan territorial por cumplir lo estipulado en el artículo 41
de edificaciones destinadas a explotaciones agropecuarias, no estableciéndose por otro
lado prohibiciones expresas en el resto del articulado a dicha iniciativa y/o uso.
Por todo lo anterior, en base a lo comentado en las observaciones de este informe se
emite informe favorable, para el proyecto de transformación en riego por goteo, con
respecto a la compatibilidad con el Plan Territorial del Campo Arañuelo.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio informa que:
• No se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo red actor de la referida evaluación de impacto ambiental simplificada sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.
Lunes 10 de junio de 2024
29195
En referencia a las instalaciones detalladas en el documento adjunto a la solicitud para la
realización del informe, se detalla la existencia de una caseta de riego, en este sentido,
especificar que dicha instalación es considerada una edificación destinada a explotación
agropecuaria según cita el artículo 41. Edificaciones destinadas a explotaciones agropecuarias del PTCA al considerarla una instalación destinadas a la captación, almacenamiento y bombeo de agua, para las cuales establece los condicionantes establecidos en
los puntos 2 y 3 de dicho artículo 41, donde dice:
“2. Los instrumentos de planeamiento general establecerán las características estéticas
de la edificación, separación mínima a linderos, cerramientos, materiales y demás
condiciones constructivas de las edificaciones destinadas a las explotaciones agrarias (D).
3. N
o estará permitida la implantación de agroindustrias ni en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX), ni en las Zonas de Interés Prioritario
(ZIP) y Zonas de Alto Interés (ZAI) designadas en la zonificación de la Red Natura
2000. Las nuevas construcciones y actividades afectadas por el Parque Nacional de
Monfragüe deberán ajustarse a los contenidos definidos en el PRUG y en el Plan Director de Parques Nacionales. (NAD”).
Así comprobada la ubicación de las zonas de la RENPEX y zonas ZIP y ZAI, no existe
afección de estas a la parcela que nos ocupa, no siendo objeto de control por parte del
PT las condiciones de establecidas en el punto 2 antes citado.
El Plan Territorial del Campo Arañuelo se aplica en el término municipal de Navalmoral
de la Mata.
Estudiado la ubicación exacta dentro de la parcela 8 del polígono 15, donde se pretende
implantar riego por goteo, para cotejar el cumplimiento con el condicionado establecido
por el marco normativo del PTCA, desde este Servicio se estipula que la consulta de
referencia es compatible con el plan territorial por cumplir lo estipulado en el artículo 41
de edificaciones destinadas a explotaciones agropecuarias, no estableciéndose por otro
lado prohibiciones expresas en el resto del articulado a dicha iniciativa y/o uso.
Por todo lo anterior, en base a lo comentado en las observaciones de este informe se
emite informe favorable, para el proyecto de transformación en riego por goteo, con
respecto a la compatibilidad con el Plan Territorial del Campo Arañuelo.
— La Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio informa que:
• No se ha recibido en esta DGBAPC por parte del equipo red actor de la referida evaluación de impacto ambiental simplificada sobre los posibles valores patrimoniales
existentes en el área de afección del proyecto.