Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Calendario Escolar. (2024061895)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 109
Jueves 6 de junio de 2024
28769
La solicitud será informada por la Inspección de Educación, atendiendo a lo siguiente:
a) Adecuación de la propuesta del centro al horario lectivo establecido en la normativa de
referencia.
b) Valoración de la justificación de la propuesta y de su viabilidad, a salvo siempre la calidad de la enseñanza.
La Delegación Provincial de Educación correspondiente remitirá la solicitud en un plazo máximo de quince días desde su recepción, junto con el informe de la Inspección de
Educación, a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, que resolverá.
En todo caso, la autorización no se considerará concedida en tanto no sea expresamente
comunicada.
Quinto. Evaluación final.
Los centros deberán publicar, en los lugares habilitados para sus comunicaciones, las fechas
de las sesiones de evaluación final, así como el plazo señalado para atender las aclaraciones
que requieran los progenitores o tutores legales o alumnado y la concreción de los días hábiles
para la presentación de reclamaciones ante la dirección del centro. Por el mismo medio, se
hará público el procedimiento a seguir para la presentación de reclamaciones en el caso de
que, tras el proceso de revisión en el centro, persista el desacuerdo con la calificación final de
curso obtenida en un área, materia o módulo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la
Orden de 3 de junio de 2020 por la que se regula el derecho del alumnado a una evaluación
objetiva y se establece el procedimiento de revisión y reclamación de las calificaciones y de
las decisiones de promoción, certificación u obtención del título correspondiente.
Sexto. Períodos no lectivos, festividades y Día del Centro.
1. S
e establecen, para el curso 2024/2025, los periodos no lectivos, festividades y Día del
Centro, para las enseñanzas enumeradas en los apartados tercero y cuarto de la presente
resolución, que se relacionan en los apartados siguientes.
2. L
os periodos no lectivos serán:
— Navidad: Del 23 de diciembre de 2024 al 7 de enero de 2025, ambos inclusive.
— Semana Santa: Del 14 de abril de 2025 al 21 de abril de 2025, ambos inclusive.
3. L
as festividades y días no lectivos serán:
— 8 de septiembre de 2024: Día de Extremadura.
Jueves 6 de junio de 2024
28769
La solicitud será informada por la Inspección de Educación, atendiendo a lo siguiente:
a) Adecuación de la propuesta del centro al horario lectivo establecido en la normativa de
referencia.
b) Valoración de la justificación de la propuesta y de su viabilidad, a salvo siempre la calidad de la enseñanza.
La Delegación Provincial de Educación correspondiente remitirá la solicitud en un plazo máximo de quince días desde su recepción, junto con el informe de la Inspección de
Educación, a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, que resolverá.
En todo caso, la autorización no se considerará concedida en tanto no sea expresamente
comunicada.
Quinto. Evaluación final.
Los centros deberán publicar, en los lugares habilitados para sus comunicaciones, las fechas
de las sesiones de evaluación final, así como el plazo señalado para atender las aclaraciones
que requieran los progenitores o tutores legales o alumnado y la concreción de los días hábiles
para la presentación de reclamaciones ante la dirección del centro. Por el mismo medio, se
hará público el procedimiento a seguir para la presentación de reclamaciones en el caso de
que, tras el proceso de revisión en el centro, persista el desacuerdo con la calificación final de
curso obtenida en un área, materia o módulo, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la
Orden de 3 de junio de 2020 por la que se regula el derecho del alumnado a una evaluación
objetiva y se establece el procedimiento de revisión y reclamación de las calificaciones y de
las decisiones de promoción, certificación u obtención del título correspondiente.
Sexto. Períodos no lectivos, festividades y Día del Centro.
1. S
e establecen, para el curso 2024/2025, los periodos no lectivos, festividades y Día del
Centro, para las enseñanzas enumeradas en los apartados tercero y cuarto de la presente
resolución, que se relacionan en los apartados siguientes.
2. L
os periodos no lectivos serán:
— Navidad: Del 23 de diciembre de 2024 al 7 de enero de 2025, ambos inclusive.
— Semana Santa: Del 14 de abril de 2025 al 21 de abril de 2025, ambos inclusive.
3. L
as festividades y días no lectivos serán:
— 8 de septiembre de 2024: Día de Extremadura.