Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza. Becas. (2024061596)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan becas complementarias para estudiantes de ciclos formativos de grado superior beneficiarios del "Programa Erasmus+ 2021-2027" en el marco del Programa Sectorial Europeo "Erasmus+" de la Unión Europea para el curso académico 2023/2024.
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NÚMERO 108

28157

Miércoles 5 de junio de 2024

los 150 euros para 2 semanas de estancia y 1.500 euros para 20 semanas de estancia,
según la siguiente escala:

DURACIÓN

CUANTÍA

DURACIÓN

CUANTÍA

DURACIÓN

CUANTÍA

2 SEMANAS

150 €

8 SEMANAS

600 €

14 SEMANAS

1.050 €

3 SEMANAS

225 €

9 SEMANAS

675 €

15 SEMANAS

1.125 €

4 SEMANAS

300 €

10 SEMANAS

750 €

16 SEMANAS

1.200€

5 SEMANAS

375 €

11 SEMANAS

825 €

17 SEMANAS

1.275 €

6 SEMANAS

450 €

12 SEMANAS

900 €

18 SEMANAS

1.350 €

7 SEMANAS

525 €

13 SEMANAS

975 €

19 SEMANAS

1.425 €

20 SEMANAS

1.500 €

En el supuesto de que las sumas de las cantidades de todas las ayudas superen a la cuantía
total presupuestada, se aplicarán los criterios establecidos en el resuelvo decimocuarto de
esta resolución.
Séptimo. Requisitos generales.
Para tener derecho a estas becas será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos
de carácter general:
a) Que la persona solicitante esté matriculada en ciclos formativos de grado superior en
centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
el curso académico 2023/2024.
b) Que la estancia educativa fuera del Estado Español abarque un período comprendido
entre 2 y 20 semanas consecutivas, con el límite máximo de la duración del módulo de
formación en centros de trabajo expresada en semanas.
c) Que la persona solicitante no esté incursa en las prohibiciones para obtener la condición
de beneficiario del apartado 2 del artículo 12, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Requisitos de carácter académico.
La persona solicitante de la beca deberá estar matriculada en el curso de realización del módulo de formación en centros de trabajo, a fecha de la convocatoria.