Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061904)
Resolución de 31 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Mérida para la gestión conjunta del Punto de Acompañamiento Empresarial de Mérida durante el periodo 2024-2025.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024
28019
— Un segundo pago por importe del 50% del total de la cantidad comprometida por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, que asciende a veinte mil euros
(20.000 €), a abonar durante el primer trimestre del ejercicio 2025, tras la ejecución y
justificación económica y técnica por parte del Excmo. Ayuntamiento de Mérida y posterior conformidad ante la Comisión de Coordinación y Seguimiento del presente convenio, según lo establecido en la cláusula quinta, respecto a la forma de justificación.
El Ayuntamiento está exento de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la Disposición Adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, que en su letra b) excluye de dicha obligación
a las entidades locales de Extremadura.
Cláusula quinta. Régimen de justificaciones.
I. Dentro del primer trimestre de 2025 deberá justificarse ante la Comisión de Coordinación y
Seguimiento del presente convenio:
1. P
or parte del Excmo. Ayuntamiento de Mérida deberá aportarse una memoria técnica en
la que se justifique la realización de actuaciones conforme a los compromisos descritos
en el apartado 1 de la cláusula tercera del presente convenio. Además, dicha memoria
técnica debe incorporar documentación acreditativa de:
a. U
na asignación u ocupación de, al menos, el 60% de los espacios destinados a la
incubación de empresas innovadoras, durante el ejercicio 2024.
b. D
isponer de un servicio de vigilancia, limpieza y demás aspectos logísticos precisos
para el óptimo funcionamiento del edificio habilitado para el Punto de Acompañamiento Empresarial de Mérida.
c. Desarrollo e impartición de acciones encaminadas al fomento del espíritu emprendedor en forma de cursos seminarios y jornadas de capacitación y sensibilización,
durante el ejercicio 2024.
d. J ustificación económica, acompañando facturas y justificantes de pago u otros documentos probatorios de valor equivalente, o en su caso, certificado del departamento de
Secretaría-Intervención, de haber realizado durante el ejercicio 2024 gastos relacionados
con la ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de
la cláusula tercera, por importe de, al menos, veinte mil euros (20.000 €).
2. P
or parte de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital una memoria
técnica que describa los recursos puestos a disposición de la iniciativa, las actuaciones
Miércoles 5 de junio de 2024
28019
— Un segundo pago por importe del 50% del total de la cantidad comprometida por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, que asciende a veinte mil euros
(20.000 €), a abonar durante el primer trimestre del ejercicio 2025, tras la ejecución y
justificación económica y técnica por parte del Excmo. Ayuntamiento de Mérida y posterior conformidad ante la Comisión de Coordinación y Seguimiento del presente convenio, según lo establecido en la cláusula quinta, respecto a la forma de justificación.
El Ayuntamiento está exento de la obligación de constituir garantía por los citados pagos anticipados conforme dispone la Disposición Adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura, que en su letra b) excluye de dicha obligación
a las entidades locales de Extremadura.
Cláusula quinta. Régimen de justificaciones.
I. Dentro del primer trimestre de 2025 deberá justificarse ante la Comisión de Coordinación y
Seguimiento del presente convenio:
1. P
or parte del Excmo. Ayuntamiento de Mérida deberá aportarse una memoria técnica en
la que se justifique la realización de actuaciones conforme a los compromisos descritos
en el apartado 1 de la cláusula tercera del presente convenio. Además, dicha memoria
técnica debe incorporar documentación acreditativa de:
a. U
na asignación u ocupación de, al menos, el 60% de los espacios destinados a la
incubación de empresas innovadoras, durante el ejercicio 2024.
b. D
isponer de un servicio de vigilancia, limpieza y demás aspectos logísticos precisos
para el óptimo funcionamiento del edificio habilitado para el Punto de Acompañamiento Empresarial de Mérida.
c. Desarrollo e impartición de acciones encaminadas al fomento del espíritu emprendedor en forma de cursos seminarios y jornadas de capacitación y sensibilización,
durante el ejercicio 2024.
d. J ustificación económica, acompañando facturas y justificantes de pago u otros documentos probatorios de valor equivalente, o en su caso, certificado del departamento de
Secretaría-Intervención, de haber realizado durante el ejercicio 2024 gastos relacionados
con la ejecución del presente convenio, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de
la cláusula tercera, por importe de, al menos, veinte mil euros (20.000 €).
2. P
or parte de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital una memoria
técnica que describa los recursos puestos a disposición de la iniciativa, las actuaciones