Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061850)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Excelentísimo Ayuntamiento de Higuera la Real (Badajoz) para la gestión del yacimiento de "Capote" durante las anualidades 2024-2027.
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NÚMERO 108
27962
Miércoles 5 de junio de 2024
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO,
JÓVENES Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL EXCELENTÍSIMO
AYUNTAMIENTO DE HIGUERA LA REAL (BADAJOZ) PARA LA GESTIÓN DEL
YACIMIENTO DE “CAPOTE” DURANTE LAS ANUALIDADES 2024-2027
Mérida, 8 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte:
El Ilmo. Sr. D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, que interviene en nombre y representación
de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 97/2023, de 28 de
julio (DOE n.º 146, de 31 de julio), en virtud de las competencias que le atribuye la Resolución
de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas
materias (DOE n.º 151, de 7 de agosto).
Y de otra:
El Ilmo. Sr. D. Juan Ramón Luna Carretero, que interviene en nombre del Ayuntamiento de
Higuera la Real con NIF P-0606700-C, en su condición de Alcalde-Presidente, autorizado para
la firma del este convenio por Resolución de la Alcaldía de fecha 15 de marzo de 2024.
Ambas partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad jurídica necesaria para
formalizar este convenio de colaboración y quedar obligadas en la representación en que
efectivamente intervienen,
MANIFIESTAN:
Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 9.1.47 que corresponde a la
Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en “Cultura en cualquiera
de sus manifestaciones”, así como en materia de “Patrimonio histórico y cultural”. Estas competencias se encuentran atribuidas a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
de conformidad con por el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en virtud de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Igualmente, la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, determina en su artículo 2 lo siguiente:
27962
Miércoles 5 de junio de 2024
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO,
JÓVENES Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL EXCELENTÍSIMO
AYUNTAMIENTO DE HIGUERA LA REAL (BADAJOZ) PARA LA GESTIÓN DEL
YACIMIENTO DE “CAPOTE” DURANTE LAS ANUALIDADES 2024-2027
Mérida, 8 de mayo de 2024.
REUNIDOS
De una parte:
El Ilmo. Sr. D. José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, que interviene en nombre y representación
de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto 97/2023, de 28 de
julio (DOE n.º 146, de 31 de julio), en virtud de las competencias que le atribuye la Resolución
de 2 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan competencias en diversas
materias (DOE n.º 151, de 7 de agosto).
Y de otra:
El Ilmo. Sr. D. Juan Ramón Luna Carretero, que interviene en nombre del Ayuntamiento de
Higuera la Real con NIF P-0606700-C, en su condición de Alcalde-Presidente, autorizado para
la firma del este convenio por Resolución de la Alcaldía de fecha 15 de marzo de 2024.
Ambas partes se reconocen recíprocamente competencia y capacidad jurídica necesaria para
formalizar este convenio de colaboración y quedar obligadas en la representación en que
efectivamente intervienen,
MANIFIESTAN:
Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 9.1.47 que corresponde a la
Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en “Cultura en cualquiera
de sus manifestaciones”, así como en materia de “Patrimonio histórico y cultural”. Estas competencias se encuentran atribuidas a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
de conformidad con por el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se
modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en virtud de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Igualmente, la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de
Extremadura, determina en su artículo 2 lo siguiente: