Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061875)
Resolución de 28 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 83,15 ha de frutales en la finca El Esparragal desde el canal de Orellana a ubicar en el término municipal de Villanueva de la Serena (Valdivia), promovido por Mariano Escobar Guisado y otros propietarios de las parcelas. Expte.: IA23/0085.
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NÚMERO 108
Miércoles 5 de junio de 2024



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— Al objeto de proteger el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que
pudiera verse afectado por el proyecto, se cumplirán todas las medidas recogidas
en el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
recogidas en el presente informe.



— Ya que el proyecto es colindante en las parcelas 5051 y 5052 del polígono 21 a la
Colada del camino de Pela a Magacela la cual se encuentra inventariada y posee una
anchura de 16,71 m, en el caso de cualquier afección deberá obtener la autorización
por parte del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de
Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.

4.2. Medidas en la fase de construcción.


— La instalaciones de la maquinaria susceptible de la generación de molestias por
ruidos y vibraciones, deberá cuidare en su ejecución, con actuación a las posibles
molestias que pudieran derivarse de su funcionamiento mediante la utilización de
elementos antivibratorios y potenciación expresa del aislamiento acústico, en caso
necesario, en el entorno de ubicación de la misma, de forma que las posibles transmisiones a lo locales y los espacios colindantes, sean inferiores a los límites máximos
admisibles según la normativa vigente.



— Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras, al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del proyecto.



— Se realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles y se dispondrán las medidas necesarias para evitar procesos erosivos. En el caso de las excavaciones de las
zanjas para instalar la red de riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior
relleno y en el caso de existir sobrantes se esparcirán de manera regular en las inmediaciones.



— Se realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape que
se irán retirando según vayan avanzando las obras o contarán con algún otro sistema
de escape adecuado.

— En cuanto a las tierras y piedras de excavación, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia
obra, y si ello no fuera posible se deberán valorizar mediante su uso en restauración,
acondicionamiento o relleno, evitando en todo caso su eliminación en vertedero. En
este sentido, se deberá cumplir lo establecido en la Orden APM/1007/2017, de 10 de